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ASGECO exige al Gobierno que regule inmediatamente el uso de los números de tarificación adicional 806, 807 y 907.
Recibida de ASGECO el 05-07-2004 a las 10:07

En los últimos años, los usuarios han estado indefensos ante las malas prácticas comerciales de los operadores telefónicos y las empresas proveedoras de información que explotan los números de tarificación adicional. la comisión de supervisión de los servicios de tarificación adicional, organo dependiente de la secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información, ha sido incapaz de solucionar los problemas de los consumidores españoles.

Recientemente, el gobierno ha anunciado que será necesario el consentimiento previo del usuario para el uso de los números de tarificación adicional. ASGECO pí¬de que el consentimiento previo se formalice por escrito y que se aplique tanto a las llamadas de voz (806 y 807) como a las llamadas de transmisión de datos (907-internet).

Miles de familias españolas han visto cómo su factura telefónica se ha disparado llegando a alcanzar en algunos casos, los 6.000 euros. Los números de tarificación adicional que no informan adecuadamente del coste por minuto, incumpliendo lo previsto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, las actividades fraudulentas que utilizan este tipo de números para cometer auténticas estafas telefónicas y recientemente, el uso, sin conocimiento previo del usuario, de los denominados "dialers" que se instalan en los ordenadores de los usuarios, cambiando el nodo de conexión habitual, normalmente tarifa plana y lo sustituyen por un 907 con el consiguiente incremento desproporcionado de la factura, son los problemas más frecuentes que tienen los usuarios. El daño producido a la economí­a de miles de familias españolas y el número de afectados ha sido considerable. Como prueba de ello, basta solicitar los datos de reclamaciones y consultas a las Asociaciones de Consumidores, las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, las Juntas Arbitrales de Consumo y a la propia Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional.

ASGECO que, como primera medida a adoptar, sólo se pueda usar los números de tarificación adicional (tanto voz como datos-internet) previo consentimiento escrito del usuario.




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