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FACUA espera que el ministro de Ciencia y Tecnología cumpla su compromiso de garantizar los derechos de los usuarios
Recibida de FACUA el 22-01-2004 a las 08:01

Además pide a Ana Pastor que asuma sus competencias ante los redondeos denunciados en telefonía.

La base jurí­dica esgrimida por FACUA y apoyada por el Defensor del Pueblo es la misma que utilizó el Ministerio de Sanidad y Consumo en su demanda judicial por el redondeo en el sector de los aparcamientos.

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) espera que el ministro de Ciencia y Tecnologí­a, Juan Costa, cumpla su compromiso de garantizar que las tarifas de las compañí­as telefónicas no vulneren los derechos de los usuarios, tal como ha anunciado esta semana después de que el Defensor del Pueblo interviniese ante las denuncias planteadas por FACUA en noviembre y diciembre contra los operadores de telefoní­a móvil, fija y por cable por los redondeos al alza en la facturación de miles de millones de llamadas.

La Federación pide asimismo a la ministra de Sanidad y Consumo, Ana Pastor, que asuma sus competencias e intervenga ante las irregularidades en la facturación de las compañí­as telefónicas, como hizo con el sector de aparcamientos con la demanda judicial que interpuso el Instituto Nacional del Consumo (INC) por cobrar a los usuarios más tiempo del que los vehí­culos permanecen en los mismos al facturar siempre redondeando al alza de una hora completa.

La base jurí­dica utilizada por este organismo del Ministerio de Sanidad y Consumo en su demanda es la misma que la argumentada por FACUA en sus denuncias contra las empresas de telecomunicaciones y que ahora ha sido también esgrimida desde el Defensor del Pueblo: al facturar segundos de conversación que los usuarios no llegan a consumir, se vulnera la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la cual considera abusivas aquellas condiciones que impongan incrementos de precios por servicios no prestados.

FACUA espera que el pronunciamiento final del Ministerio de Ciencia y Tecnologí­a no vaya en la misma lí­nea de la resolución de la denuncia presentada contra las operadoras de móviles el pasado diciembre. El dí­a 11 de ese mes, la Secretarí­a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información de dicho Ministerio se desentendió de la denuncia interpuesta por FACUA contra Amena, Movistar y Vodafone por sus prácticas de redondeo al alza de un minuto en todas las llamadas de duración inferior y a fracciones de treinta segundos en las de mayor tiempo realizadas por los clientes con tarjetas de prepago.

El organismo del ministerio del que está al frente Juan Costa archivó entonces la denuncia, argumentando que -no tiene entre sus competencias la aprobación de las tarifas de los operadores de telefoní­a móvil- (todaví­a no ha resuelto sobre la denuncia presentada por la Federación contra dieciséis operadores de fijo y cable, incluido Telefónica de España) y advirtiendo que si existiese una posible infracción a -los derechos contemplados en la legislación de consumidores y usuarios-, FACUA -deberá acudir ante la Administración de Consumo-. En cualquier caso, la denuncia de la Federación también se cursó al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad y Consumo y las autoridades de Consumo de las comunidades madrileña y catalana, donde tienen su sede social las tres compañí­as.

Sin embargo, la respuesta de la Secretarí­a confirma parte de la argumentación jurí­dica de FACUA: la legislación de telecomunicaciones no permite expresamente a las operadoras de móviles cobrar por fracciones de un minuto o treinta segundos, por lo que la Federación plantea, como también lo ha hecho el Defensor del Pueblo, que el cobro de tiempo no consumido por los usuarios supone una vulneración de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Y es que la respuesta de Telecomunicaciones afirma que -desde el punto de vista de la legislación vigente en materia de telecomunicaciones, no se ha encontrado respaldo para actuar con respecto a la cuestión
planteada-. Es decir, el ministerio se declaraba incompetente para actuar contra las compañí­as, pero también a favor de las mismas, y dejaba el tema en manos de -la Administración de Consumo-.

La libertad de precios existente en el sector, advierte FACUA, no puede servir de justificación para inflar las facturas cobrando a los usuarios por un servicio, esto es, segundos de conversación, que no se ha prestado.

En el caso de las compañí­as de telefoní­a móvil, FACUA calcula, sobre la base de estimaciones muy a la baja, que en sólo en el año 2002 Movistar, Amena y Vodafone pudieron aplicar irregularmente estos redondeos a unos 10.000 millones de llamadas, reportándoles ingresos extra de en torno a 1.175 millones de euros, nada menos que el 20% de los 5.884 millones que facturaron ese año.




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