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La contaminación del aire por dióxido de nitrógeno y partículas en la primera mitad de agosto supera los límites establecidos para la protección de la Recibida de Ecologistas en Acción el 26-08-2003 a las 07:08
De acuerdo con los datos publicados por el Ayuntamiento de Madrid, la calidad del aire en esta ciudad sigue sin cumplir el marco legal vigente (Real Decreto 1073/2002). Las malas condiciones de dispersión de la contaminación en julio y agosto (datos hasta el día 20) hacen que en estos meses hayan empeorado los niveles registrados a pesar de reducirse la emisión de contaminantes por las vacaciones de muchos madrileños. De mantenerse la tendencia apuntada hasta el 20 de Agosto, al final de año, se superarían los límites legales para protección de la salud tanto de dióxido de nitrógeno como de partículas menores de 10 micras. Por lo que se refiere a las PARTÍCULAS EN SUSPENSIÓN, el Real Decreto sobre calidad del aire establece que en el año 2003 no se podrá superar más de 35 días al año el límite máximo de 60 microgramos/metro cúbico (mg/m3). Dicho límite bajará a 50 microgramos en el 2005. Sin embargo, los datos actuales indican que este límite legal para todo el año se ha superado ya en 6 estaciones: Recoletos (39), Barrio del Pilar (36), Fernández Ladreda (37), Santa Eugenia (76), Urbanización Embajada (51) y Barajas Pueblo (40). Si se considerara el valor límite en vigor en el año 2005 prácticamente todas las estaciones lo incumplirían. El valor medio para toda la Red (37 microgramos/metro cúbico) es también muy alto y cerca del límite legal. El programa APHEIS (Contaminación atmosférica y salud: Un sistema de información europeo), ha publicado recientemente los resultados de una evaluación del impacto de la contaminación por partículas sobre la salud, realizado en 26 ciudades de 12 países europeos durante 2001. El estudio estaba orientado a valorar los beneficios sobre la salud que se obtendrían si se redujesen los niveles de PM10 a los valores límite fijados por la legislación de la UE. Entre las conclusiones obtenidas cabe destacar en el caso de la ciudad de Madrid los siguientes resultados: 1) Se podrían prevenir 1.548 muertes prematuras anualmente (o 54 muertes por 100.000 habitantes), si se redujera la media anual de PM10 a 20 µg/m3. 2) Se podrían prevenir 469 muertes prematuras anualmente (o 16 muertes por 100.000 habitantes), si se redujera la media diaria anual de PM10 en 5 µg/m3. En definitiva, los resultados muestran que incluso reducciones pequeñas y alcanzables de los niveles de contaminación por partículas, como 5 µg/m3 en la media anual, tienen un impacto beneficioso para la salud pública, y por lo tanto las actuaciones preventivas encaminadas a reducir la contaminación están plenamente justificadas. Según afirma la OMS, para las Partículas no se puede fijar un umbral por debajo del cual no hay efectos para la salud. Para dar una idea de la magnitud del problema, la tasa anual de 16 muertes prematuras para cada 100.000 habitantes es casi 4 veces la tasa anual de mortalidad por SIDA en los países investigados, 2,6 veces la de leucemia, 1,6 veces la de suicidios y 1,5 veces la tasa anual de mortalidad por accidentes de tráfico. En el caso del DIÓXIDO DE NITRÓGENO, el valor medio en el primer semestre de las 27 estaciones que componen la red es de 58 mg/m3, cuando el límite máximo legal para la protección de la salud en el año 2003 está fijado en 54 mg/m3, y el umbral objetivo que no se debería superar en el año 2010, con el fin tener una adecuada calidad del aire, es de 40 mg/m3. Se debe tener en cuenta también que los altos índices de contaminación por NO2 en la ciudad de Madrid son causa directa de las superaciones del umbral de aviso a la población de ozono troposférico, que se producen en verano en localidades del entorno de Madrid y que este año están superando todos los records. El ozono troposférico es un contaminante secundario que se forma en la atmósfera mediante reacciones fotoquímicas en las que intervienen los contaminantes primarios como el NO2. Está demostrado que el NO2 provoca daños pulmonares. Al tener poca avidez por el agua de las mucosas alcanza los tramos profundos del tracto respiratorio e inhibe algunas funciones del pulmón, como la respuesta inmunológica, disminuyendo la resistencia a las infecciones. Los aludidos límites están contemplados en el R.D. 1073/2002 de 18 de Octubre . En su artículo 6 se establece que la superación de dichos límites obligan al Ayuntamiento a establecer un plan de actuación para reducir los niveles de dichos contaminantes. La contaminación por dióxido de nitrógeno ya superó los valores medios anuales legales en los años 2001 y 2002 en el conjunto de la red, por lo que el Ayuntamiento debía de haber implantado dicho plan. La obstinada negativa a asegurar una calidad adecuada del aire por parte de dicha institución ha llevado a Ecologistas en Acción a presentar denuncia ante el Fiscal de Medio Ambiente. Trimestralmente Ecologistas en Acción suministrará los datos a dicho Fiscal para evidenciar el incumplimiento. |
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