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Derechos usuarios cancelación vuelos Recibida de UCE el 17-04-2010 a las 12:04
En primer lugar debemos dejar claro que se trata de una cancelación cuando la En caso de cancelación la compañía deberá ofrecer al usuario entre las siguientes opciones: ‐ Reembolso del precio del billete en el plazo de siete días Además, e independientemente de la opción elegida por el pasajero, se le deberá indemnizar de la siguiente forma: ‐ 250€ en caso de vuelos de hasta 1.500Km No obstante las compensaciones pudieran verse reducidas a la mitad en caso de que la compañía hubiera ofrecido al usuario una alternativa de traslado con un retraso en la hora de llegada no superior a: ‐ 2 horas para vuelos de hasta 1.500Km También es de importancia que los usuarios sepan que no tendrán derecho a las mencionadas compensaciones en los siguientes casos: ‐ Si el usuario hubiera sido avisado de la cancelación con al menos dos semanas de antelación. Además es un derecho de los usuarios el que se les facilite sin ningún coste, comida y bebida suficiente acorde al tiempo de espera. También deberá proporcionarse al usuario alojamiento en hotel y transporte al aeropuerto si el vuelo alternativo fuese, como mínimo, al día siguiente. LA CANCELACIÓN POR CAUSAS EXTRAORDINARIAS El adjetivo extraordinario es uno de los preferidos de las compañías aéreas, de las agencias de viajes, mayoristas y demás agentes del ámbito de los viajes, y lo es por una sencilla razón. Cuando existe una cancelación, por ejemplo de un vuelo, por un motivo o causa de fuerza mayor, es decir por una situación extraordinaria, la aerolínea no tiene la obligación de indemnizar al usuario, ni de ofrecerle comida, bebida ni alojamiento. Este hecho hace que muchas compañías quieran convertirlo todo en una causa de fuerza mayor o extraordinaria. A este respecto debemos dejar bien claro a los usuarios que una causa extraordinaria pudiera ser una condición climatológica extrema que impidiese efectuar el vuelo, un problema que pudiera afectar a la seguridad de los usuarios, una situación de emergencia etc. Otras causas como las huelgas de personal suelen ser utilizadas por las aerolíneas como causa de fuerza mayor, aunque no siempre son aceptadas como tal por los tribunales de justicia. RETRASOS Los derechos de los usuarios en caso de retrasos también están previstos. A este respecto debemos mencionar que deberá dispensársele bebida y comida ‐ 2 o más horas para vuelos de hasta 1.500Km RECLAMACIONES Los usuarios deben saber que cuando sus derechos hayan sido vulnerados, pueden exigir el cumplimiento de los mismos. Para ello es recomendable que, en un primer término, el usuario reclame contra la aerolínea en cualquier oficina de ésta, o por correo a su sede social. En caso de que esta primera reclamación no surta efecto, deberemos presentar la reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, o ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, para lo que en ambos casos deberemos aportar copias de toda la documentación que obre en nuestro poder. No obstante si la vía administrativa, es decir la de consumo, no resolviera nuestro conflicto con la aerolínea, debemos recordar que los usuarios afectados pueden dirigir la reclamación judicialmente sin necesidad de abogado ni procurador, si la cuantía que se reclama no excede de los 900 euros. |
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