A.N.I.A. - inicioQué es ANIA - Envía tus noticias - Contacto - Boletín - RSS


La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid no es capaz de justificar por qué un Área de Salud Única para Madrid
Recibida de CC.OO. Madrid el 14-01-2010 a las 09:01

En respuesta al requerimiento del Defensor del Pueblo, consecuencia del procedimiento instado por CCOO y UGT, la Consejería de Sanidad no es capaz de razonar y justificar la eliminación de las 11 áreas de salud en las que se divide Madrid, para crear un área única en la que se organizará la atención sanitaria de más de 6 millones de madrileños.

Tras la publicación de la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid, las organizaciones sindicales CCOO y UGT de Madrid trasladamos al Defensor del Pueblo nuestra inquietud respecto a la nueva concepción de la organización territorial y funcional del Servicio Madrileño de Salud, especialmente sobre la supresión de las once áreas de salud existentes antes de la entrada en vigor de esta ley y la creación de un “área de salud única”.

Entre otros razonamientos, CCOO y UGT de Madrid, tras hacer mención a la necesidad de respuestas adaptadas a realidades y problemas bien distintos, según la zona de básica de salud o área de salud, barrio o localidad de que se trate, expresamos que la supresión de las once áreas de salud y la centralización de la gestión en un área única obstaculizará, si no impedirá, una adecuada organización y planificación asistencial en función de las demandas, incrementos y nuevas necesidades de la población, con el consiguiente riesgo de desigualdades y desequilibrios territoriales entre las zonas básicas de salud, singularmente, y entre otras actividades, en la promoción de la salud y en la prevención de las enfermedades.

Teniendo presente que uno de los principios básicos que caracteriza al Sistema Nacional de Salud es el de la proximidad de los servicios a los usuarios en un marco de gestión descentralizada y participativa, la Institución del Defensor del Pueblo, tras la reunión con CCOO y UGT, procedió a solicitar informe a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, poniendo de relieve la necesidad de que el desarrollo reglamentario del referido texto legal estuviera presidido por dicho principio básico.

En su respuesta al requerimiento de informe, la Consejería de Sanidad ha puesto de relieve, a su vez, ante el Defensor del Pueblo, que “la Ley de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid tiene como objetivo garantizar la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero, en atención primaria, y de médico especialista y hospital, en atención especializada, de una manera efectiva y plena”. En este informe, y en conexión con el concreto planteamiento del Defensor del Pueblo, se resalta que “uno de los proyectos de decreto que desarrollará la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, conceptúa las zonas básicas de salud como el marco territorial fundamental de la atención primaria y que el decreto proyectado mantiene la actual concepción de las zonas básicas de salud prevista en la normativa básica estatal”, como no podía ser de otra manera.

Consecuencia de las afirmaciones de la propia Consejería de Sanidad, CCOO y UGT mantenemos e insistimos en:

1. Que la libertad de elección de médico en la sanidad ya está regulada legal y reglamentariamente; por tanto, el Gobierno de la comunidad de Madrid no ofrece un nuevo derecho, sencillamente pretende profundizar en el que ya existe.

2. Que en la actualidad es posible elegir medico y, a su vez, cambiar de área de salud, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley General de Sanidad, lo cual desmonta el argumento de la Consejería de Sanidad que considera las áreas de salud como un obstáculo –la Ley General de Sanidad las considera estructuras fundamentales del sistema– para la libertad de elección y por ello las suprime.

3. Que la libertad de elección en la sanidad no justifica, por sí sola, despreciar la regla general fijada en el artículo 56.5, de la Ley General de Sanidad, y eliminar las once áreas de salud, máxime cuando la norma básica estatal las define como “estructuras fundamentales del sistema sanitario”.

4. Que la libertad para elegir médico de familia, pediatra y enfermero, en atención primaria, y médico especialista y hospital, en atención especializada, tal y como queda regulado en la ley autonómica no será ni efectiva ni plena. Es solo una actuación de populismo y propaganda al servicio de intereses políticos particulares; por cuanto que desregula y en última instancia, son el profesional sanitario y/o la propia Administración los que autorizarán cada solicitud.

5. Que la oscilación del presupuesto de los centros de salud, centros de especialidades, hospitales, etc., en la misma proporción en la que oscilen los usuarios, tal y como prevé la Consejería de Sanidad, traerá como consecuencia inevitable, mejores y peores prestaciones sanitarias, quebrando los principios de igualdad y equidad que deben presidir el acceso al sistema y la atención en el mismo.

6. Que ni la Consejería de Sanidad ni el Gobierno regional, han explicado aún de manera compresible para la ciudadanía, porqué hace tres años proponían pasar de once áreas sanitarias a quince y hoy suprimen las once para pasar al área de salud única que integra más de seis millones de personas.

7. Que el verdadero objetivo del Gobierno de la Comunidad de Madrid, a juicio de CCOO y UGT, es liberalizar y desregular para hacer más fácil o inevitable la privatización del Servicio Madrileño de Salud, atendiendo a la premisa de “la salud una oportunidad de negocio”. Y por otro lado, camuflar el tiempo real de espera quirúrgica, puesto que quien eligiera, aun superando el plazo máximo de treinta días (compromiso político de Esperanza Aguirre), no sería contabilizado en la estadística oficial de espera quirúrgica, puesto que los superaría en virtud de una decisión personal que no vincularía al Servicio Madrileño de Salud y procedería a excluirle de este otro derecho.

8. Que con esta ley se pone en serio riesgo la estabilidad y confianza en el Servicio Madrileño de Salud; así como, el desarrollo de programas y actividades sanitarias esenciales, como la prevención de enfermedades y promoción de la salud; por tanto, el derecho integro a la protección de la salud, recogido en el artículo 43 de la Constitución.




Compartir
Más en Sanidad y Salud Pública
- Sobre la cesión de los centros sanitarios a las CCAA
- III Jornada Sindical sobre Diversidad Afectivo-Sexual e Identidad de Género: “Necesidades y respuestas sociosanitarias”
- Vallecas sale a la calle para impedir nuevos recortes en el hospital Virgen de la Torre y reclamar un acceso directo al Infanta Leonor
- La FADSP ante las deudas de la Sanidad Pública
- Asamblea por la Sanidad Pública de Móstoles
- El principio de precaución debe primar en la regulación de los emisores de radiofrecuencia
- Ha fallecido Luis Erick Claveria Soria
- Bacteria E. Coli en Alemania: CECU pide cautela, rechaza la alarma sobre los productos españoles y recomienda la prevención
- Los nuevos hospitales de Madrid: crónica de un atraco anunciado
- Sobre el Anteproyecto de la Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida

Más en Social y sindicatos
- El Sindicato de Periodistas de Andalucía, contra la eliminación de los informativos de fin de semana en Canal Sur Radio
- Los opositores a bombero vuelven a concentrarse en protesta por el proceso selectivo
- CCOO de Madrid participará en la manifestación del Orgullo LGTB 2011
- La FeSP rechaza y condena las amenazas de Israel a los periodistas de la Flotilla de la Libertad
- La plantilla de Zara dice ¡basta ya!
- Despedidos los trabajadores en huelga del Departament de Territori
- El Gobierno impone más recortes salariales a los trabajadores de mutuas de accidentes y enfermedades profesionales de la Seguridad Social
- III Jornada Sindical sobre Diversidad Afectivo-Sexual e Identidad de Género: “Necesidades y respuestas sociosanitarias”
- Muere otro trabajador por falta de medidas de seguridad
- CCOO se concentra contra los constantes incumplimientos de la normativa laboral en H&M

URCMA.N.I.A. es un proyecto de la Unión de Radios Libres y Comunitarias de Madrid