Qué es ANIA - Envía tus noticias - Contacto - Boletín - RSS |
Hay 29501 en A.N.I.A.
|
La OCU consigue sentencia favorable en el asunto de los servicios de prefijo 903/906 Recibida de OCU el 07-07-2008 a las 12:07
Las compañías telefónicas condenadas a devolver toda la facturación a los 906 ilegales. El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia que declaraba ilegales la facturación de la mayor parte de los servicios que se ofrecieron a través del prefijo 906 y obligaba a los operadores a devolver los importes de todas esas llamadas, como consecuencia de la demanda interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en noviembre de 2001. Según los cálculos de la OCU el importe de la facturación que las compañías deberían devolver superaría los 900 millones de euros. Lamentablemente, el tiempo pasado desde la interposición de la demanda hace poco probable que los usuarios puedan verse resarcidos de los perjuicios económicos derivados del funcionamiento de estos teléfonos ilegales. De nuevo, la extrema lentitud de la justicia ha hecho posible el enriquecimiento injusto de los operadores telefónicos y el perjuicio irrecuperable de miles de afectados. En noviembre de 2001 la OCU presentó una demanda contra Telefónica y Uni2 (ahora France Telecom) por los servicios que se ofrecían a través de los teléfonos de tarificación adicional de prefijo 906 (de acceso libre) y que deberían ofrecerse a través del prefijo 903 (de acceso restringido para quienes lo solicitaran). El auto del Supremo, que llega casi 8 años después de la presentación de la demanda, declara firme la sentencia del año 2004, del Juzgado de Instrucción nº 61 de Madrid, que estimaba la mayoría de las peticiones de la OCU. Este Juzgado, en julio de 2004, estableció la ilegalidad de los servicios de prefijo 903 (eróticos, de adivinación y ciencias ocultas, de ocio, concursos, tertulias, etc.) que se ofrecían a través del 906 y que eran la inmensa mayoría. Así la sentencia ahora ya firme: í˜ Declaraba que eran ilegales todos los servicios prestados a través del prefijo 906 y que deberían haberse ofrecido a través del 903 (tales como los de contenido erótico, ciencias ocultas, tarot o mensajería de ocio). í˜ Declaraba que se había inducido a error a los usuarios, viciando su consentimiento y causándoles perjuicios económicos. í˜ Declaraba la responsabilidad de Telefónica y Uni2 de los servicios ofrecidos a través de estos prefijos. Condenaba a Telefónica a la devolución de las cantidades cobradas por estos servicios a los usuarios que habían podido acreditar que las llamadas a los 906 correspondían a servicios de prefijo 903, fueran o no afectados incluidos en la demanda siempre que acreditaran estar en la misma situación. Y para ello, "no se trata de enjuiciar la calidad del servicio que se presta"¦ simplemente de analizar si servicios que deben prestarse a través de un prefijo 903 se prestan a través de un prefijo 906". í˜ Obligaba a Telefónica a restablecer el servicio telefónico cortado por el impago de estos servicios ilegales con el mismo número que tenían entonces a quienes puedan acreditarlo, estuviera o no en la demanda. í˜ Obligaba a los operadores a publicar los pronunciamientos declarativos y de condena de la sentencia. Tanto Telefónica como Uni2 recurrieron en apelación de manera inmediata. En abril de 2005, la sección 19 de la Audiencia Provincial de Madrid confirmó casi en su totalidad la anterior sentencia, manteniendo los mismos pronunciamientos. También fue recurrida. Es ahora, en mayo de 2008, cuando el Tribunal Supremo establece que no proceden los recursos y que la sentencia es firme, por lo que, con la salvedad apuntada, poco probable, entramos ahora en fase de ejecución de sentencia. La OCU, que lamenta la extrema lentitud de este procedimiento y los perjuicios padecidos durante este tiempo, estudia, en estos momentos, dado el largo periodo de tiempo que ha transcurrido todas las posibilidades para hacer efectiva la sentencia. |
Compartir
Más en Consumo - La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, recomienda a los usuarios revisar los contadores eléctricos antes del 1 de enero - UCE-Extremadura recomienda, un año más, precaución en las "macrofiestas" - ASGECO Confederación denuncia prácticas desleales en el asesoramiento de los afectados por el paro de controladores - La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, considera que las medidas para aliviar a los hipotecados no solucionan los problemas estructurales del sistema - Alertas alimentarias (atún, pez espada) - Se retira de la venta una plancha de pelo que puede producir electrocución - Minimiza tu huella ecológica - Bacteria E. Coli en Alemania: CECU pide cautela, rechaza la alarma sobre los productos españoles y recomienda la prevención - La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, espera que los nuevos contadores inteligentes posibiliten a los usuarios un consumo más sostenible y eficiente de la energía - UCE denuncia la utilización de los consumidores en los conflictos laborales o económicos |
A.N.I.A. es un proyecto de la Unión de Radios Libres y Comunitarias de Madrid |