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La OCU recuerda que en rebajas se reduce el precio, no los derechos Recibida de OCU el 30-06-2008 a las 01:06
Con la llegada de las rebajas, la OCU quiere recordar una vez más que durante esta época pueden bajar los precios pero no los derechos ni la calidad de los productos rebajados. Los consumidores pueden aprovechar este periodo para adquirir bienes a buen precio, de hecho, estas rebajas pueden ser muy beneficiosas para el consumidor, ya que para muchos establecimientos es su última oportunidad para vender los productos de temporada que no han podido hacerlo hasta ahora. Según datos del INE, la temporada no ha sido excesivamente buena: el comercio vendió, en el mes de mayo, un 5,3% menos respecto al mismo mes del año anterior. No obstante, el consumidor, dada la coyuntura económica, debe evitar caer en la compra compulsiva y sortear el sobreendeudamiento, lo ideal es tener claro antes lo que se necesita. La OCU recuerda que las rebajas sólo pueden tener lugar a comienzos del año y en el periodo estival y que deben durar, obligatoriamente, entre una semana y dos meses. Los productos rebajados no pueden haberse sacado a la venta expresamente para la ocasión, sino que tienen que haber formado parte de la oferta habitual del establecimiento durante, al menos, un mes; su calidad no puede diferenciarse en nada de la que tenían antes de estar rebajados y deben mostrar su precio original junto al rebajado, o bien el porcentaje en que están rebajados. Para una compra segura en rebajas, la OCU aconseja: "“ Luchar contra la compra compulsiva. Se debe reflexionar sobre lo que realmente se necesita y recordar que, a menudo, hay rebajas primeras, segundas, terceras... "“ Fijarse si hay indicaciones expresas para la época de rebajas, acerca de la aceptación o no del pago con tarjeta, de la devolución de los productos, etc. En caso de duda, pregunte al responsable del establecimiento. "“ Exigir y guardar el ticket de compra, necesario para cualquier posible reclamación (también es útil conservar cualquier tipo de publicidad realizada por el comerciante, pues tiene valor de contrato y sus compromisos pueden ser exigidos en cualquier caso). "“ Ante cualquier irregularidad, intentar resolver el problema amistosamente y, en caso contrario, formalizar la queja en la hoja de reclamaciones que debe tener todo establecimiento a disposición del cliente. "“ Recordar que los establecimientos adheridos al sistema arbitral de consumo ofrecen más garantías al comprador, ya que en caso de desacuerdo se prestarán a resolver sus diferencias con el cliente de una manera rápida y gratuita. "“ Reclamar si se vulneran los derechos. La reclamación no es sólo un derecho del consumidor, sino también un deber que ayuda a que los establecimientos comerciales se esfuercen por mejorar la atención al cliente. |
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