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FACUA denuncia a diez aerolíneas y agencias de viajes por vulnerar la nueva Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios
Recibida de FACUA el 22-02-2007 a las 12:02

Anuncian sus vuelos y paquetes vacacionales sin indicar el precio completo, pese a que están obligadas por la legislación.

La Federación de Consumidores en (FACUA) ha denunciado a diez compañí­as aéreas y agencias de viajes por anunciar sus vuelos y paquetes vacacionales sin indicar el precio completo, pese a que están obligadas por la legislación.

Los precios que aparecen en la publicidad e información comercial de estas empresas omiten conceptos como cargos adicionales por la emisión de los billetes o por el incremento de los carburantes así­ como las tasas de los puertos marí­timos y aéreos e incluso propinas que se imponen en los cruceros.

Las empresas denunciadas son Air Comet, Air Europa, Halcón Viajes, Ryanair, Viajes Ecuador, Viajes El Corte Inglés, Viajes Iberia, Viajes Marsans, Soltour y Spanair.

Las denuncias han sido presentadas ante el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo y las administraciones competentes en materia de protección al consumidor de las comunidades autónomas donde tienen su sede social las empresas, concretamente las de Baleares, Madrid y Paí­s Vasco.

Nueva Ley

FACUA argumenta en sus denuncias que la Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios establece que -en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación y otras condiciones de pago similares-.

Desde enero

Estos preceptos están vigentes desde el pasado 2 de enero, pero las empresas denunciadas continúan facilitando precios engañosos en su publicidad, para indicar, generalmente en una diminuta tipografí­a, que hay que sumarles diversos conceptos.

Asimismo, la Federación señala que las compañí­as pueden incurrir en publicidad engañosa, definida por la Ley General de Publicidad como aquélla que -de cualquier manera, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico-. Según esta norma, -es asimismo engañosa la publicidad que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios-.




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