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Desgravaciones fiscales IRPF 2001 para discapacitados y sus familiares
Recibida de CERMI el 17-04-2002 a las 02:04

Principales desgravaciones previstas con carácter general en el IRPF durante el ejercicio 2001.

Las principales desgravaciones previstas con carácter general en el IRPF durante el ejercicio 2001, aplicables en el territorio común, que se declararán durante este año, a favor, tanto de personas discapacitadas, como de las familias que las tienen a su cargo pueden resumirse en:

1. Exenciones

Están exentas del impuesto las prestaciones reconocidas al contribuyente como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, con el lí­mite del importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. Están igualmente exentas las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente en régimen de clases pasivas con inhabilitación para toda profesión u oficio. También están exentas las cantidades percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de personas con minusvalí­a.

2. Reducciones en rendimientos netos del trabajo

Dichas reducciones se ven incrementadas en el caso de trabajadores activos discapacitados, en función de la cuantí­a de dichos rendimientos y de la obtención de otras rentas en un 75%, 125% o 175%, dependiendo del grado de minusvalí­a de dichos trabajadores.

3. Mí­nimo personal y familiar

Las cuantí­as en concepto de "mí­nimo personal" se incrementan en el caso de contribuyentes discapacitados en función del grado de minusvalí­a, o de contribuyentes incapacitados judicialmente. Minusvalí­a igual o superior al 33% e inferior al 65%, reducción de 850.000 Ptas.-5.108,6 €- (frente a las 550.000 Ptas. -3.305,57 €- establecidas con carácter general). Minusvalí­a igual o superior al 65%, o incapacitados judicialmente, reducción de 1.150.000 Ptas.-6.911,64 €-. Dichas cuantí­as se elevan a 1.200.000 y 1.500.000 Ptas.- 7.212,15 € a 9015,18 € -, respectivamente, en el caso de unidades familiares formadas por el padre o la madre y los hijos menores o incapacitados judicialmente, sujetos a patria potestad prorrogada que convivan con uno u otro.

Respecto del "mí­nimo familiar", en el caso de ascendientes o descendientes discapacitados que acrediten un grado de minusvalí­a igual o superior al 33% e inferior al 65%, que no perciban rentas superiores a 1.000.000 Ptas. -6.010,64 €- anuales, además de la reducción genérica, se podrán reducir 300.000 Ptas.-1.803,04 €- Cuando el grado de minusvalí­a sea igual o superior al 65%, además de la reducción genérica, se podrán reducir 600.000 Ptas.-3.606 €-.

4. Deducciones por obras e instalaciones de adecuación

La deducción por adquisición de vivienda habitual de extiende, adicionalmente, a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de la minusvalí­a del propio contribuyente minusválido, de su cónyuge, ascendientes o descendientes que convivan con él.

5. Planes de Pensiones y Mutualidades de Previsión Social constituidos a favor de personas con minusvalí­a

Las aportaciones realizadas a favor de discapacitados (en grado igual o superior al 65%) podrán ser objeto de reducción en la base imponible del impuesto con el lí­mite de 1.200.000 Ptas. anuales.- 7.212,15 €- .

Las aportaciones realizadas por el propio discapacitado podrán ser objeto de reducción en la base imponible con el lí­mite de 2.500.000 Ptas.-15.025,3 €- anuales; sin que el conjunto de las reducciones practicadas por todos los que realicen aportaciones pueda exceder de 2.500.000 Ptas. anuales -15.025€ -.

Las prestaciones derivadas de dichos Planes y Mutualidades, en forma de renta salvo excepciones, podrí­an ser objeto de una reducción extraordinaria máxima de dos veces el salario mí­nimo interprofesional. En el caso de prestaciones en forma de capital se prevé una reducción del 50% en el momento de su integración en la declaración, siempre que hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación.




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