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El juez da 10 días al Ayuntamiento de Jaén para explicar el retraso en devolver el embargazo Recibida de UCE-Jaén el 10-03-2006 a las 10:03
Ha transcurrido í‚"en excesoí‚" el plazo de dos meses para que el Ayuntamiento cumpla las sentencias condenatorias. El juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Jaén ha dictado varias providencias por las que se requiere al Ayuntamiento de Jaén a que "en el plazo de diez días indique las causas por las que no ha cumplido la sentencia", en referencia a las recientes decisiones judiciales que obligaban al Consistorio a devolver el dinero embargado, de forma incorrecta, a varios ciudadanos que se vieron obligados a acudir a los tribunales, con el asesoramiento jurídico de la Unión de Consumidores de Jaén-UCE. El juez considera transcurrido "en exceso" el plazo que establece el artículo 104 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) para que la Administración demandada cumpla lo acordado en la sentencia. Este juzgado requiere al Ayuntamiento de Jaén para que explique la demora, "con la advertencia de que transcurrido dicho plazo sin que se cumpla lo fallado, se estará a lo dispuesto en el artículo 112 de la LJCA", que dice así: – Transcurridos los plazos señalados para el total cumplimiento del fallo, el juez o tribunal adoptará, previa audiencia de las partes, las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado, y singularmente, previo apercibimiento, podrá: Para UCE-Jaén este último apartado viene a significar y ratificar la denuncia pública hecha efectiva desde el principio del "embargazo" con respecto a la mala fe por parte de los responsables municipales, que tantos perjuicios económico y "quebraderos de cabeza" está generando a numerosas familias jiennenses. UCE-Jaén recuerda que el Ayuntamiento de Jaén, desde primeros de 2005 hasta la fecha, ha iniciado más de 70.000 procedimientos de apremio, recibiendo más de 3.000 reclamaciones de contribuyentes que entendían que sus derechos y garantías se habían vulnerado por el Servicio Municipal de Recaudación y Gestión Tributaria, al no respetarse el procedimiento de notificación fehaciente por dos veces y por funcionario público, dándole la razón a los contribuyentes en un 80% de ellas, por lo que tendrá que devolverles 202.300 euros, de momento. No se puede hablar de solidaridad fiscal, cuando el propio Ayuntamiento incumple las sentencias condenatorias. Los juzgados de lo contencioso siguen señalando fechas para juicios para los próximos días. Asimismo, UCE-Jaén recuerda al Ayuntamiento que, estando en período de pago voluntario de impuestos municipales, es necesario realizar campañas de difusión para que los contribuyentes hagan frente al pago de sus obligaciones tributarias, al igual que lo hacen otras Administraciones. |
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