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UCE satisfecha por el sentido de la sentencia absolutoria
Recibida de UCE el 04-11-2005 a las 01:11

El presidente de UCE-Jaén ha sido absuelto por el juez de la acusación de calumnias ejercida por Serbutano, S.L.
Según la empresa, UCE hizo públicas unas acusaciones sobre la forma de proceder de la empresa de revisión de instalaciones de gas a domicilio, con actuaciones fraudulentas y engañosas a los consumidores, especialmente, a personas mayores de edad. El juez no sólo libra de toda culpa a Ibáñez, sino que obliga a la empresa a pagar las costas.

El juzgado de lo penal número uno de Jaén ha absuelto al presidente de la Unión de Consumidores de Jaén-UCE, Alfonso Ibáñez, del delito de calumnias e injurias que le imputaba la empresa de instalación del gas butano a domicilio, SERBUTANO, S.L. a la que, según denunció esta empresa, Ibáñez habí­a acusado de fraude. Ibáñez realizó unas declaraciones en agosto de 2003 en las que acusaba a esta empresa de "ir por los pueblos de Jaén, con el objeto de engañar al consumidor, al realizar unas revisiones de las instalaciones de gas a domicilios de personas mayores de edad y asustaban a los vecinos con que hay que cambiar componentes cobrándoles unos 100 euros por un servicio que no pasarí­a de los 12 euros, calificando estos hechos como fraude".

El juez titular del juzgado núm.1 de Jaén consideró que en las declaraciones realizadas por Ibáñez contra SERBUTANO, S.L. \\\"no hay realmente una imputación de un delito\\\" y que sus advertencias sobre las supuestas prácticas de esta empresa se hicieron \\\"con ánimo de informar, no de calumniar\\\", además "no se desprende la imputación de un delito sino que sólo se descalifica la polí­tica comercial agresiva de esta empresa, apoyándose Ibáñez en los expedientes abiertos por la Inspección de Consumo del Servicio Provincial Consumo de la Junta de Andalucí­a", quien cuestionaba la forma de proceder de esta compañí­a y en el que aseguraba que la actuación de SERBUTANO, S.L. era -absolutamente ilegal- y que suponí­a -un fraude de ley y una estafa en toda regla-, ya que supuestamente en sus revisiones domiciliarias cambiaban piezas \\\"sin necesidad\\\", las instalaban \\\"sin supervisión\\\" del instalador autorizado y cobraban precios por encima de los recomendados.

El responsable de UCE reconoció haber hecho estas declaraciones a la prensa con las que querí­a informar y alertar a los consumidores sobre unas \\\"presuntas irregularidades\\\" que esta empresa habrí­a estado cometiendo en algunos domicilios de la provincia y de las que UCE tuvo conocimiento a través de las quejas de varios usuarios. Ibáñez indicó que se basó \\\"en una información veraz\\\" para efectuar esas declaraciones y que las dio a conocer \\\"sin intención alguna de injuriar a nadie\\\".

El magistrado argumentó que la libertad de expresión está por encima del derecho al honor, puesto que el interés público de la defensa del usuario constitucionalmente reconocido inclina la balanza a favor de Ibáñez, puesto que las manifestaciones realizadas en el ámbito de dicha defensa no pueden constituir un atentado contra el honor cuando, además, la verosimilitud de los hechos ha quedado acreditada, por lo que concluyó que la sentencia tení­a que ser absolutoria, condenando a la empresa SERBUTANO, S.L. al pago de las costas "no sólo por la mala fe y temeridad e insostenible pretensión deducida, como lo demuestra la falta de pruebas, sino también porque la pena de banquillo ha sido especialmente trascendente por el reflejo mediático del juicio, agravando la pena de banquillo que ha pesado sobre el acusado".




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