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FACUA denuncia a Amena por publicidad engañosa en la promoción -Una y no más-
Recibida de FACUA el 11-07-2005 a las 11:07

La compañía asegura que después de la primera llamada del día, los usuarios no tendrán que abonar el resto de las destinadas a móviles Amena. Sin embargo, sigue cobrando una parte del precio de cada llamada, el coste de establecimiento, y limita la promoción a 2.000 minutos mensuales.

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA ha denunciado a Amena por incurrir en publicidad engañosa en su oferta Una y no más. En sus anuncios, la compañí­a de telefoní­a móvil del Grupo Auna asegura que tras la primera del dí­a, los clientes que se den de alta en la promoción, al precio de 6 euros más IVA, no tendrán que abonar el resto de las llamadas con destino a móviles Amena desde el 1 de julio hasta el 23 de diciembre.

Sin embargo, FACUA advierte que los reclamos -una y no más- y -paga sólo la primera llamada del dí­a y el resto a 0 euros- no son veraces, ya que en realidad sí­ hay que abonar una parte del precio de cada llamadas, el coste de establecimiento, 0,12 euros más IVA. Además, la oferta tiene un lí­mite de 2.000 minutos mensuales y quienes los superen tendrán que abonar el importe de los minutos restante según la tarifa contratada con la compañí­a.

La Federación denuncia que al no tratarse de pequeños matices, sino de aspectos fundamentales que incluso contradicen el reclamo principal de la publicidad, resulta totalmente insuficiente relegarlos a la letra pequeña, que generalmente pasa inadvertida por los usuarios.

Las denuncias se han presentado ante la Secretarí­a de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo, entre otros organismos.

La Ley General de Publicidad define en su artí­culo 4 como engañosa la que -de cualquier manera, incluida su presentación, induce o pueda inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor-. -Es asimismo engañosa-, continúa, -la publicidad que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios-.




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