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FACUA denuncia a Vodafone por dar de alta a los clientes sin su consentimiento en el servicio de -roaming- Recibida de FACUA el 13-06-2005 a las 11:06
La compañía vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que prohíbe la imposición de servicios no solicitados. La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado a Vodafone ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Instituto Nacional del Consumo del Ministerio de Sanidad y Consumo por dar de alta a sus clientes en el servicio de roaming, para la realización y recepción de llamadas internacionales, sin que éstos lo hayan solicitado ni dado su consentimiento expreso. FACUA advierte que esta práctica es una cláusula abusiva contraria a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que en el punto 23 de su disposición adicional primera prohíbe -la imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados-. En las últimas semanas, clientes de la compañía de telefonía móvil han recibido el mensaje: -Vodafone publicidad. Vodafone le va a activar sin coste el servicio de Roaming. Si no lo desea, envíe un sms gratuito al 5411 indicando roaming antes del 05/06/05-. Si alguien llama desde España a un usuario que esté en el extranjero, la llamada no puede completarse salvo que tenga activado el servicio de roaming. En ese caso, si el usuario contesta, tiene que asumir la parte del precio de la llamada correspondiente al trayecto internacional. Concretamente, en el caso de Vodafone, entre 0,68 y 1,90 euros más IVA por minuto, en función del país. La Federación denuncia la ilegalidad de la práctica llevada a cabo por Vodafone, que se agrava por el hecho de que puede conllevar un perjuicio económico para los usuarios que durante sus vacaciones reciban llamadas desde España y las acepten sin ser conscientes de su origen y/o del hecho de que implican un coste para ellos. FACUA advierte que la compañía no puede escudarse en que los usuarios tienen derecho a desactivar el servicio de forma gratuita, no sólo porque esto no le exime de vulnerar la Ley 26/1984, sino por el hecho de que si la baja tuviese un coste incurriría en otra práctica ilegal. |
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