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ADICAE asesora a los más de cien mil clientes afectados por la disolución de Centro Asegurador
Recibida de ADICAE el 26-02-2005 a las 01:02

Expediente de la Dirección General de Seguros que prohíbe a la entidad realizar su actividad habitual. Esta Asociación de consumidores pide la protección de los asegurados en el cumplimiento de las pólizas contratadas.

Ante la decisión de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economí­a de abrir expediente de disolución a Centro Asegurador, la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros ADICAE (www.adicae.net) se está poniendo en contacto con los clientes de la aseguradora para asesorarles e informarles de sus derechos en relación a la obtención de las medidas de protección necesarias, con el objeto de que continúen cumpliéndose las coberturas de los seguros contratados y proteger de esta forma los intereses de los asegurados.

La medida de la Dirección General de Seguros supone la prohibición efectiva para que Centro Asegurador continúe realizando su actividad habitual de contratación de pólizas, debido a su crí­tica situación patrimonial con generación de pérdidas por la insuficiencia de sus reservas y por mantener un margen de solvencia con déficit. Esta actuación administrativa coincide con la decisión de un Juzgado de los Penal de Cataluña que exige en ejecución de sentencia a Centro Asegurador que abone una indemnización de 11 millones de euros.

Todos estos acontecimientos han motivado que los servicios técnicos y jurí­dicos de ADICAE se pongan en contacto con los más de cien mil clientes que Centro Asegurador tiene repartidos en sus seis delegaciones para informarles y asesorarles de los trámites que hay que realizar para proteger sus derechos en la posible liquidación de la compañí­a aseguradora.

Esta Asociación de consumidores está informando a los afectados que el Consorcio de Compensación de Seguros, dependiente del Ministerio de Economí­a, debe hacerse cargo de las obligaciones de Centro Asegurador en el caso de que la aseguradora no pueda hacer frente al cumplimiento de las indemnizaciones por encontrarse en quiebra, suspensión de pagos o en proceso de liquidación.

Por otro lado, los clientes deben saber que la legislación actual protege a los asegurados, estableciendo una posición privilegiada respecto al resto de acreedores, al establecer que el pago de indemnizaciones se realiza anticipadamente por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin tener que esperar al final de la liquidación. El Consorcio adquiere como créditos las obligaciones derivadas de siniestros, de rescates en seguros de vida así­ como la prima no consumida como consecuencia del vencimiento anticipado de los contratos, que debe abonarse a los perjudicados.




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