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La Federación de Jóvenes Investigadores/ Precarios recurre el Estatuto del Becario aprobado recientemente por el Gobierno
Recibida de FJI/Precarios el 05-03-2004 a las 11:03

El recurso ha sido admitido a trámite por el Tribunal Supremo. El Estatuto del Becario de investigación, aprobado recientemente por el Gobierno (Real Decreto 1326/2003 del 24 de octubre) ha supuesto una importante decepción para el colectivo de Investigadores en Fase Inicial (IIFI), que vienen reclamando una regularización y homologación de la carrera investigadora en nuestro país.

El amplio colectivo de jóvenes investigadores que la Federación representa vení­a denunciando, con persistencia, ante el Ministerio de Ciencia y Tecnologí­a, las limitaciones y restricciones de los sucesivos proyectos de Estatuto que preparaba el Gobierno, que también fueron advertidas a su paso por el Consejo Económico y Social, y que lamentablemente se han mantenido en el Estatuto definitivamente aprobado:

1. El Estatuto se puede aplicar de forma arbitraria pues únicamente vincula a Programas de Becas cuyos promotores decidan su inclusión en el Registro público de inscripción voluntaria, creado por el Estatuto a tal efecto, pudiendo quedar fuera el resto de los Programas al arbitrio de los organismos que conceden las becas

2. Además, se excluye del Estatuto a los nuevos investigadores que todaví­a no han obtenido el Diploma de Estudios Avanzados (DEA), dejándose totalmente desprotegidos y en la misma situación precaria actual, durante dos años, a un amplí­simo número de jóvenes licenciados que se inician en la investigación y que comienzan a ser cientí­ficamente productivos.

3. Por otra parte, se ha establecido en el Estatuto aprobado una asimilación muy incompleta y restrictiva de los becarios, como activos, al Régimen General de la Seguridad Social (RGSS):

– Se impone una base de cotización que no es la equivalente a la dotación mensual real de las becas (como al resto de los activos, laborales o funcionarios, conforme a la legislación de la Seguridad Social) sino al salario mí­nimo interprofesional (la mitad de la media del importe de las becas concedidas por los organismos públicos de investigación)

– Deja sin cobertura la prestación de desempleo en la terminación de la beca, y continúa siendo una incógnita el derecho a vacaciones así­ como los efectos económicos del permiso por maternidad, pudiéndose dar lugar a abusos y situaciones regresivas.

4. Hay que tener en cuenta que con el texto aprobado por el Gobierno sólo las becas de investigación financiadas con fondos públicos pueden acogerse al Estatuto, lo cual entra en contradicción con el pretendido objetivo del Gobierno, de incorporar al sector privado a la investigación en España. Esto perjudicará además a numerosos becarios que trabajan en centros públicos pero con becas financiadas por entidades privadas, que no podrán acogerse ni siquiera a los exiguos beneficios del Estatuto del Becario.

5. Por otro lado, el Estatuto aprobado sigue contemplando la vergonzosa posibilidad de pagar a un doctor, que ha obtenido el más alto tí­tulo académico, con una beca de formación. El colectivo de becarios de investigación, que llena los despachos y laboratorios de todos los centros de investigación españoles, sigue sin ser asimilado un trabajador, sin vinculación con el instituto o departamento donde trabaja, y sin los derechos básicos que reconoce el Estatuto de los Trabajadores, como el derecho de sindicación, o de beneficiarse de los convenios colectivos.

Por desgracia, con este Estatuto se ha perdido una importante oportunidad para reconocer la investigación cientí­fica, tecnológica y humaní­stica como una actividad profesional y proporcionar una regulación adecuada, mediante una auténtica homogeneización laboral de los becarios de investigación en España, e impidiendo la emisión de becas con condiciones intolerables.

Por su falta de universalidad y su indefinición, la Federación de Jóvenes Investigadores / Precarios coincide en señalar, como lo hizo el Consejo Económico y Social, que esta medida no llega a la categorí­a de Estatuto, y, además, la exclusión de los jóvenes investigadores "pre-DEA" y de los "postdoctorales" con más de dos años de experiencia, como establece el Decreto aprobado por el Gobierno, evidencian un desconocimiento de la naturaleza de la actividad investigadora y una escasa atención por las incoherencias del sistema.

Por ello la Federación de Jóvenes Investigadores Precarios ha recurrido al Estatuto ante el Tribunal Supremo que deberá revisar el texto gubernamental tras su reciente admisión a trámite del recurso.




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