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LA GENERALITAT VALENCIANA DEJA SIN PROTECCIÓN A DOS IMPORTANTES ÁREAS DE LA COSTA MEDITERRÁNEA
Recibida de WWW-ADENA el 28-09-2001 a las 01:09

WWF/Adena ha presentado alegaciones contra del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Montgó, que contempla la protección de la franja marina desde la bahía de Denia hasta la de Jávea, incluida la actual Reserva del Cabo de San Antonio. En esta zona -propuesta como Lugar de Importancia Comunitaria para la Red Natura 2000- se excluyen de una protección efectiva dos áreas próximas a los actuales puertos al declararlas Áreas de Compatibilidad de Actividades Portuarias, dentro de la zona marina de uso moderado. Los efectos ambientales de esta presunta compatibilidad contribuirán a la desaparición de las praderas de Posidonia entre otras especies protegidas. Si la zonificación propuesta se mantiene, la Generalitat Valenciana se expone a sanciones de la UE por incumplimiento de varias Directivas Europeas.

Pese a que el propio documento expresa la riqueza de las comunidades vegetales y la diversidad biológica de los fondos existentes, variedad que se encuentra ente las de mayor importancia de la costa valenciana y del conjunto de las costas mediterráneas peninsulares, la zonificación y ordenación propuesta es inconsecuente con el diagnóstico que se realiza. En la zonificación de la Reserva Natural Marina del Cabo de San Antonio se contempla una zona marina de uso moderado, con grado de protección "B". Esta protección se define como área esencial en la conservación de los recursos ambientales del Montgó, en la que resulta prioritario mantener o mejorar los niveles de naturalidad actuales. Sin embargo, de forma incomprensible, se apartan dos "Áreas de Compatibilidad de Actividades Portuarias" en las bahí­as de Jávea y Denia, en las que se reservan a aplicar las medidas de protección contenidas en el PORN para favorecer intereses portuarios.

La propuesta de zonificación y la regulación de usos que establece el PORN. afecta directamente a las formaciones de Cymodocea nodosa y Posidonia oceanica de las bahí­as y zonas adyacentes. Las formaciones que constituyen estas plantas marinas están protegidas por la Directiva de Hábitats que establece la conformación de la Red Natura 2000. Estas praderas submarinas son área de desove, crí­a y alevinaje, -auténticos criaderos naturales- de especies de alto interés comercial, y no se evalúa el impacto socioeconómico que supondrá su degradación. Es evidente que el establecimiento de zonas de "Uso Moderado compatible con actividades portuarias" constituye una contradicción con el fin del PORN -la conservación del medio marino-, al ser incompatibles los usos portuarios con la conservación de las citadas zonas. Además, estas dos áreas se sitúan dentro de la propuesta oficial de la Generalitat Valenciana de Lugares de Interés Comunitario (LICs), en virtud de su valor ambiental, bajo la denominación Costa del Macizo del Montgó. Este hecho no se menciona en el documento aportado para la consulta pública, y supone otro incumplimiento de las obligaciones que se recogen en la Directiva Hábitats.

En efecto, la presencia los hábitats citados, siendo uno de ellos prioritario, exige que establezcan medidas de conservación y prácticas de gestión que aseguren su mantenimiento o restablecimiento en un estado de conservación favorable, lo que no se contempla en el PORN. Ya existe jurisprudencia del tribunal europeo sobre la aplicación del artí­culo 6 de esta Directiva respecto a las
obligaciones de adoptar medidas para evitar el deterioro y la alteración de los hábitats y de las especies (Párr. 6.2), y de evaluar los impactos de cualquier plan que no tenga relación con la gestión del lugar teniendo en cuenta los objetivos de conservación (Párr. 6.3).

WWF/Adena insta a que en el PORN del Montgó modifique la calificación de las zonas próximas a los puertos de Denia y Jávea, actualmente propuestas como de "Uso Moderado compatible con actividades portuarias" y sea sustituida por otra calificación que impida la realización de obras o actividades que destruirán los "alguers" de tan alto valor ecológico y económico y protegidos legalmente. Asimismo exige la aplicación de los criterios de ordenación y gestión definidos en el programa de Gestión Integrada de Zonas Costeras de la UE y que la Consejerí­a de Medio Ambiente cumpla con la legislación ambiental europea, nacional y valenciana.




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