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Decepción ante el Estatuto del Becario.
Recibida de FJI-Precarios el 25-10-2003 a las 01:10

Se aprueba el Real Decreto que regula el Estatuto del Becario de investigación y tercer ciclo. La Federación de Jóvenes Investigadores/Precarios acoge esta medida con una profunda decepción.

Algo más de dos años después de que, en septiembre de 2001, Ramón Marimón (entonces Secretario de Estado de Polí­tica Cientí­fica y Tecnológica), anunciara la elaboración de un Estatuto del Becario de Investigación (http://www.senado.es/legis7/publicaciones/pdf/senado/ds/CS0170.PDF), se ha aprobado el Real Decreto del Estatuto del Becario en Consejo de Ministros del 24 de octubre de 2003.

La Federación de Jóvenes Investigadores/Precarios (FJI-Precarios, http://www.precarios.org) acoge esta medida con una profunda decepción. En primer lugar, por el dilatado proceso de elaboración, que ha abusado de la paciencia de un colectivo en unas condiciones laborales muy precarias, y durante el que se han ninguneado todas las aportaciones de la FJI-Precarios.

En segundo lugar, porque el Estatuto del Becario nunca fue la reivindicación de la FJI-Precarios: defendemos que nuestras investigaciones constituyen actividad laboral y que por ello, se nos debe retribuir mediante contratos.

Ante la inmovilidad del Gobierno, durante los tres años de continua lucha por obtener algún avance, hemos demostrado que este colectivo es laboralmente productivo (http://www.precarios.org/docs/productividad1.2.1.html) y que su situación es España es de las peores de Europa
(http://www.precarios.org/docs/Informe_IIFIv4.1.doc).

A pesar del avance que supone, este Estatuto aún deja al Gobierno por detrás de Comunidades Autónomas como Aragón y Cataluña, que ofrecen contratos a sus becarios durante dos años (y cuyo modelo se ha incluido en el programa electoral del PSOE), o por el Ministerio de Sanidad, que ofrece contratos a los licenciados en Medicina que quieran realizar la tesis doctoral, por no hablar de la situación en otros paí­ses. Entrando en detalles, y a falta del texto aprobado, el avance que se ha publicado
(http://www.la-moncloa.es/web/asp/min04.asp#Becario) contiene puntos muy criticables.

Escaso ámbito de aplicación.

En primer lugar, el Real Decreto excluye a los doctorandos de primer y segundo año, ya licenciados pero que aún no han obtenido el DEA (tí­tulo que requiere de la presentación de un trabajo de investigación). Esto, por sí­ solo, ya reduce prácticamente a la mitad el número de beneficiarios del Estatuto, y la justificación de tal recorte es contradictoria y no se corresponde con la realidad. Se dice en el adelanto informativo que el DEA "reconoce la labor realizada" (no la capacitación adquirida); por tanto, si hay labor realizada, ¿que sentido tiene negar el beneficio del Estatuto?. Este punto, además, es una grave regresión sobre el texto evaluado por el Consejo Económico y Social (CES), en el que no se incluí­a este recorte. Ya en el Dictamen del CES (Dictamen 6, de junio de 2003, http://www.precarios.org/docs/dictamenCESfinal.pdf) se señalaba otro de los graves defectos del Estatuto: su aplicación en exclusiva a los programas de becas previamente incluidos en un Registro de inscripción voluntaria. Dada la gran heterogeneidad de programas de becas presente en el panorama nacional
(http://www.precarios.org/docs/predoctorales.htm,
http://www.precarios.org/docs/postdoctorales.htm,
http://www.precarios.org/docs/otrasbecas.htm), este punto sólo contribuye a empeorar la situación y, según el CES, "podrí­a vulnerar los principios constitucionales de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y de la igualdad, así­ como el derecho a la protección social". En tercer lugar, sólo las becas financiadas con fondos públicos podrán entrar en el registro, lo cual entra en contradicción con el pretendido esfuerzo del Gobierno en la incorporación del sector privado a la investigación en España. Por último, se excluye a los becarios de la UNED de manera absolutamente injustificada e incomprensible.

Asimilación muy incompleta al Régimen General de la Seguridad Social (RGSS). En el plano de las prestaciones concedidas, es falso pretender que se nos dé "acceso al RGSS". Para empezar, se nos niega, también sin justificación, el derecho a prestación por desempleo. Si se reconoce la oportunidad de que nuestra actividad merezca cobertura social, ¿por qué negar esta prestación, cuando algunas becas prohí­ben explí­citamente inscribirse el INEM como demandante de empleo? Puesto que, además, un investigador puede fácilmente pasar diez años como becario, hay abundantes transiciones de una beca a otra que dejan meses al descubierto, durante los cuales el investigador no cobra absolutamente nada, pero no interrumpe sus proyectos cientí­ficos. Dicho subsidio serí­a un buen paliativo de tal situación (aunque no el idóneo). Para continuar con las rebajas, el resto de las cotizaciones son incompletas, puesto que la base de cotización no es el salario real sino el Salario Mí­nimo Interprofesional, lo cual puede suponer un recorte medio superior al 20% en las cotizaciones (de unos 800eur a 570eur). Aparte de esto, continúa siendo una incógnita cómo se regulará el derecho a vacaciones, por ejemplo. En cuanto al derecho a permiso por maternidad, puesto que algunas becas ya lo reconocen con una paga del 100%, una cotización disminuida podrí­a ser un paso atrás en estos casos.

Por otro lado, el Estatuto sigue contemplando la vergonzosa posibilidad de pagar a un doctor, que ha obtenido el más alto tí­tulo académico, con una beca de formación. Además, el colectivo de becarios de investigación, que llena los despachos y laboratorios de todos los centros de investigación españoles, sigue sin ser considerado un trabajador, sin vinculación con el instituto o departamento donde trabaja, y sin los derechos básicos que reconoce el Estatuto de los Trabajadores, como el derecho de sindicación, o de beneficiarse de los convenios colectivos.

Además de todas los defectos teóricos del Estatuto, es de temer que, con los retrasos precedentes, su aplicación también se haga esperar. La fecha de aplicación nominal no tendrá valor alguno si el Gobierno actúa con diligencia en la puesta en marcha del Registro de becas (para el que ya se ha anunciado la no-provisión de mayores recursos), cuyo funcionamiento es requisito imprescindible para que las cotizaciones tengan lugar. Serí­a muy importante además que se llevara a cabo una campaña de información y sensibilización entre los organismos y entidades emisoras de becas para minimizar el número de becas no inscritas.

Con todo ello, la FJI-Precarios considera que este Real Decreto es un tí­mido avance y, puesto que es el primer intento en España de regular la situación de los investigadores en etapas iniciales, por sus recortes, inconcreciones y falta de universalidad, no merece el rango de Estatuto, y se ha convertido en un fracaso desde su aprobación.




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