A.N.I.A. - inicioQué es ANIA - Envía tus noticias - Contacto - Boletín - RSS


Pacto de Toledo: los procesos electorales abocan a un pacto continuista.
Recibida de USO el 02-10-2003 a las 06:10

La cercanía de procesos electorales como los de Madrid y Cataluña, así como las Elecciones Generales, explica los escasos cambios sobre todo en lo que respecta a temas que eran objeto previsible de estos; como es el caso del aumento del tiempo de cotización para el cálculo de la pensión de jubilación.

La Comisión Ejecutiva Confederal de USO ha manifestado en un documento que el informe de la Comisión del Pacto de Toledo es continuista e insiste en las mismas orientaciones que sustentaron el Pacto en su origen y huye de proponer medidas concretas. En la mayor parte de las cuestiones que se abordan, se limita a constatar, establecer necesidades o conveniencias, recomendar, etc.

La cercaní­a de procesos electorales como los de Madrid y Cataluña, así­ como las Elecciones Generales, explica los escasos cambios sobre todo en lo que respecta a temas que eran objeto previsible de estos; como es el caso del aumento del tiempo de cotización para el cálculo de la pensión de jubilación.

La CEC de USO valora en positivo que se mantenga el consenso polí­tico en torno al Sistema Público de Protección Social, si bien entiende que se pierde una oportunidad de ser más contundente en el plano propositivo en cuanto a las pensiones mí­nimas, el tratamiento de la precariedad laboral, la situación de las mujeres, personas con discapacidad e inmigrantes.

La USO manifiesta que dada la realidad socio económica le inquieta y preocupa el hecho de que bajo la idea de garantizar el actual modelo, su viabilidad y modernización, se vayan introduciendo reformas que van más allá de lo meramente técnico para poco a poco, paulatina y pacientemente, cambiarlo en su propia concepción.

En este sentido es preciso reparar en la apuesta que hace la Comisión del Pacto de Toledo por "seguir reforzando el principio de contributividad"¦ y avanzar en la proporcionalidad entre las pensiones y el esfuerzo de cotización realizado".

Con ello la CEC estima que el Pacto de Toledo deberí­a recoger:

Los 65 años como edad de referencia máxima para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación, el intercambio y renovación generacional, siempre desde el principio de voluntariedad.

En su informe la Comisión sobre la base de los 65 años como edad de jubilación voluntaria, establece la conveniencia de fomentar la superación de este lí­mite por parte de quienes lo deseen.

La no ampliación del tiempo de cotización para el cálculo de la pensión.

Se establece la necesidad de seguir reforzando el principio de contributividad avanzando en la proporcionalidad entre las pensiones y el esfuerzo de cotización realizado.

Que la Seguridad Social o el INEM no soporten los costes de los Expedientes de regulación de Empleo ni de las prejubilaciones.

La Comisión considera que esto solo deben utilizarse recursos públicos en casos justificados y especí­ficos

Dignificar las pensiones mí­nimas utilizando como equivalencia para las mismas el Salario Mí­nimo Interprofesional (SMI).

Se considera la necesidad de mantener el principio de cuantí­as mí­nimas y seguir avanzando en la mejora de las pensiones más bajas

La obligación de que los excedentes vayan í­ntegramente a la dotación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. (Propuesta concreta de la USO al proyecto de Ley reguladora del Fondo).

Se establece que los excedentes deberán ser destinados fundamentalmente a dotar el Fondo de Reserva, sin lí­mite alguno. Si bien abre la posibilidad de tener en cuenta la situación social y económica.

Tener en cuenta los factores de precariedad laboral que suponen los contratos a tiempo parcial, con especial incidencia en el sector femenino de la población laboral, y la mayor rotación existente en la entrada y salida del mercado de trabajo. Buscando la mayor estabilidad y regularidad en las cotizaciones

Se apuesta por estudiar la situación de las personas afectadas por estas situaciones

Superar las situaciones existentes de desigualdad entre hombres y mujeres en la aplicación del Sistema de Protección.

En su informe la Comisión constata de forma algo imprecisa la existencia de desigualdad y discriminación en la aplicación del sistema de protección social en las mujeres, como consecuencia de situaciones de discriminación en materia salarial, instando a la equiparación salarial.

Establece igualmente otras cuestiones en materia de conciliación de la vida personal y laboral que requerirí­an de análisis más detenido.




Compartir
Más en Social y sindicatos
- El Sindicato de Periodistas de Andalucía, contra la eliminación de los informativos de fin de semana en Canal Sur Radio
- Los opositores a bombero vuelven a concentrarse en protesta por el proceso selectivo
- CCOO de Madrid participará en la manifestación del Orgullo LGTB 2011
- La FeSP rechaza y condena las amenazas de Israel a los periodistas de la Flotilla de la Libertad
- La plantilla de Zara dice ¡basta ya!
- Despedidos los trabajadores en huelga del Departament de Territori
- El Gobierno impone más recortes salariales a los trabajadores de mutuas de accidentes y enfermedades profesionales de la Seguridad Social
- III Jornada Sindical sobre Diversidad Afectivo-Sexual e Identidad de Género: “Necesidades y respuestas sociosanitarias”
- Muere otro trabajador por falta de medidas de seguridad
- CCOO se concentra contra los constantes incumplimientos de la normativa laboral en H&M

URCMA.N.I.A. es un proyecto de la Unión de Radios Libres y Comunitarias de Madrid