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Argentina: Las amnistías para violadores de los derechos humanos deber ser anuladas. Recibida de Amnistia Internacional el 25-04-2003 a las 05:04
Amnistía Internacional se dirigió hoy a las autoridades argentinas para reiterar su preocupación sobre la vigencia de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida. En su comunicación, Amnistía Internacional reiteró que estas leyes son incompatibles con las obligaciones internacionales de Argentina de investigar, juzgar y castigar a los autores de las graves violaciones cometidas durante los gobiernos militares entre 1976 a 1983. "Es de vital importancia que el Estado argentino cumpla sus obligaciones internacionales respecto a dichas violaciones y que las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida sean anuladas y dejadas sin efecto jurídico," enfatizó la organización en su documento público, Argentina: Las Leyes de Punto Final y Obediencia Debida y el Derecho Internacional y en comunicaciones dirigidas al Presidente de la Republica Argentina y a miembros del gabinete ministerial. Amnistía Internacional también indicó su preocupación de que las leyes de Punto Final y Obediencia Debida quebrantan las obligaciones contraídas por el Estado argentino durante los años de gobierno civil al firmar y ratificar instrumentos internacionales. La organización recordó las decisiones de jueces y tribunales argentinos que en los últimos tres años han declarado nulas e inconstitucionales estas leyes. La resolución judicial del Juez Federal Gabriel Cavallo de marzo del 2001 declarándolas nulas e inconstitucionales, fue ratificada por unanimidad por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de Buenos Aires en noviembre del mismo año. La resolución del Juez Federal Gabriel Cavallo está ante la Corte Suprema de Justicia desde junio de 2002. "La decisión de la Corte Suprema, que se conocerá en fechas próximas sobre la inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida será una de las más importantes en materia de derechos humanos desde el regreso del gobierno civil a Argentina," enfatizó Amnistía Internacional. "El deber de no impedir la investigación y sanción de graves violaciones de los derechos humanos cometidas durante el gobierno militar, como lo enfatizó el Procurador General de la Nación, es una obligación emanada de tratados internacionales y fuentes del derecho internacional, que no solo recae sobre el poder legislativo sino sobre todos los poderes del Estado, incluyendo el poder judicial." "Un tribunal no solo debe abstenerse de aplicar una ley de amnistía incompatible con las obligaciones internacionales del Estado, sino que debe declarar su nulidad absoluta y proceder a investigar, procesar y sancionar a los autores de estas graves violaciones." Información General La decisión del Juez Federal Gabriel Cavallo anunciada en su resolución del 6 de marzo de 2001 respondió a la querella criminal presentada en octubre del 2000 por el Centro de Estudios Legales y Sociales en el caso de las desapariciónes de José Liborio Poblete Roa, su esposa Gertrudis Marta Hlaczik y su hija Claudia Victoria, ocurrido en 1978. Claudia Victoria Poblete ha sido localizada pero sus padres continúan desaparecidos. Las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida aprobadas por el Congreso argentino en 1986 y 1987 respectivamente, fueron derogadas en marzo de 1998. Sin embargo se ha interpretado que la derogación de estas leyes carecía de efecto retroactivo, y que por lo tanto los casos de violaciones a los derechos humanos cometidas durante los gobiernos militares permanecían cubiertos por ellas. La decisión del Juez Gabriel Cavallo fue la primera en declarar la nulidad de estas leyes. La importante fallo de la Cámara de Apelaciones estableció que "la invalidación y declaración de inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521 no constituye una alternativa. Es una obligación." Otras decisiones judiciales, como la del Juez Federal Carlos Skidelsky de marzo del 2003, establecieron que "estas leyes dejan sin castigo alguno la muerte de miles de ciudadanos argentinos y extranjeros" y "consagran una aberrante desigualdad". El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos han señalado que las amnistías y demás medidas destinadas a dejar sin castigo a los responsables de violaciones de derechos humanos son incompatibles con las obligaciones internacionales de los Estados. |
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