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1.405.139 trabajadores perderán poder adquisitivo al no disponer de cláusulas de garantía y tener incrementos inferiores al 4%.
Recibida de CC.OO.-Confederal el 14-01-2003 a las 08:01

La inflación interanual del 4% refuerza la iniciativa sindical de subidas salariales basadas en el IPC previsto, cláusula de revisión y mejoras derivadas de la productividad.

Los datos hechos públicos por el Instituto Nacional de Estadí­stica esta mañana, referidos al Índice de Precios al Consumo (IPC), reflejan que el año 2002 ha terminado con una tasa interanual del 4%. Para CC.OO., que la inflación registrada duplique las previsiones del Gobierno cuestiona su propia capacidad y, sobre todo, su compromiso con una polí­tica decidida encaminada a la reducción de precios. Igualmente, cuestiona la actuación de amplios sectores empresariales que han preferido una elevación desorbitada de precios antes que impulsar inversiones productivas, innovaciones tecnológicas y mejoras de la calidad de sus productos o servicios para mejorar su posición en el mercado.

El IPC del mes de diciembre incrementa el diferencial de precios con el resto de los paí­ses de nuestro entorno, perjudicando de forma directa la competitividad de las empresas y, por tanto, su capacidad de mantener y generar empleo.

Además, supone para muchos trabajadores y trabajadoras pérdidas de poder adquisitivo. En primer lugar, para un 18% (1.405.139) de los trabajadores con convenio colectivo que no tienen cláusula de revisión salarial y tienen incrementos inferiores al 4%. En segundo lugar, para muchos empleados públicos que han visto su incremento salarial limitado en el año 2002 a la previsión del Gobierno sin contar con cláusula de revisión. En tercer lugar, para todos los perceptores del Salario Mí­nimo Interprofesional, que ven reiteradamente incumplida la obligación legal de revisar el valor de éste en función, entre otras cosas, de la evolución de los precios. Por último, una parte de los trabajadores con contrato temporal, los que han finalizado su actividad, también se ven perjudicados por el descontrol de la inflación.

La importancia de las cláusulas de revisión

El dato publicado hoy es, además, clave en la negociación colectiva, puesto que es el que mayoritariamente se utiliza como referencia para activar las cláusulas de revisión salarial. Un 75% (5.805.162) de los trabajadores tienen cláusula de revisión salarial en sus convenios colectivos, aunque no todas las cláusulas son iguales y tienen, por tanto, distintos efectos: las hay que limitan sus efectos a la diferencia entre el incremento pactado y el IPC resultante a 31 de diciembre (aproximadamente el 27% de los trabajadores); las hay que utilizan la diferencia entre el IPC real y el IPC previsto (55% de los trabajadores); y las hay con diferentes fórmulas y referencias más allá de las descritas.

Un dato destacable es que los convenios con cláusula de revisión registran incrementos iniciales inferiores a los que carecen de ella. De hecho, en los convenios colectivos con cláusula de revisión salarial los salarios iniciales se han situado en 2002, en términos medios, en el 2,81%, mientras que los que carecen de ella registran un incremento medio del 3,69%. Es previsible que tras la activación de las cláusulas el incremento final de los salarios sea mayor en los primeros que en los segundos, pero actuando contra el ciclo alcista de los precios en el momento adecuado.

Es conveniente no confundir los efectos con las causas. El aumento final de los salarios por efecto de la aplicación de las cláusulas no es culpa de la existencia de estas últimas sino del irresponsable comportamiento de quienes suben los precios por encima del crecimiento inicial de sus costes.

Tal y comoha reiterado CC.OO., la eliminación de las cláusulas de revisión sólo tendrí­a dos consecuencias, y ambas negativas: o la pérdida de poder adquisitivo de los salarios, perjudicando directamente a las rentas de los trabajadores y dañando la capacidad de consumo; o la búsqueda en todas las negociaciones de incrementos salariales substancialmente superiores a las previsiones de inflación, contribuyendo con ello a hacer éstas imposibles por su desviación al alza.

Por todo ello, CC.OO. seguirá defendiendo un modelo de polí­tica salarial basado en negociar sobre la base de la inflación prevista, con cláusula de revisión salarial y mejoras derivadas del incremento de la productividad.

Una polí­tica salarial que no sólo permite mejorar moderadamente el poder adquisitivo de los salarios sino que contribuye a contener el incremento de los precios. Este ejercicio de responsabilidad no es óbice para reprobar firmemente ante la sociedad española la actitud irresponsable de aquellos empresarios no comprometidos con la estabilidad de precios y las decisiones del Gobierno de elevar los impuestos indirectos con la finalidad particular de poder rebajar impuestos directos antes de las elecciones.




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