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Condenan a prisión al guarda de un coto de caza de Ciudad Real por utilizar cebos envenenados.
Recibida de WWF-Adena el 20-12-2002 a las 05:12

WWF/Adena, que se encontraba personada en la causa como acusación particular, va a solicitar al letrado de la Junta de Castilla-La Mancha que pida al juzgado remisión de testimonio de la sentencia.

CONDENAN A PRISIÓN AL GUARDA DE UN COTO DE CAZA
DE CIUDAD REAL POR UTILIZAR CEBOS ENVENENADOS

El juzgado de lo penal nº 2 de Ciudad Real acaba de notificar a las partes personadas en la causa la sentencia condenatoria para el guarda de caza de la finca Huebras de los Ortiz, en Montiel, al considerarlo autor de un delito de utilización de cebos envenenados, así­ como de la instalación de doscientos lazos sin tope, todos ellos métodos de caza masivos en una zona de gran valor por la presencia de especies en peligro de extinción entre las que figuran el lince ibérico o el águila imperial, que pudieron haberse visto afectadas por la utilización de dichos sistemas de caza prohibidos y no selectivos.

Sin embargo, el juez absuelve a este mismo guarda, Santiago Ortiz Garcí­a, de un delito contra la fauna porque las especies encontradas muertas no eran especies amenazadas. También se absuelve a Manuel González Amador, el arrendatario de la caza, por no haberse desvirtuado la presunción de inocencia, si bien reconoce que se trataba del beneficiario de la actuación del guarda.

El citado guarda es condenado a la pena de ocho meses de prisión con la atenuante de confesión, además de cuatro años de inhabilitación para la caza y el pago a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de los gastos ocasionados por la recuperación del gato montés que se encontró herido en uno de los lazos. Además, le impone las costas procesales.

WWF/Adena, que se encontraba personada en la causa como acusación particular, va a solicitar al letrado de la Junta de Castilla-La Mancha que pida al juzgado remisión de testimonio de la sentencia, una vez firme, para que los servicios de disciplina ambiental de la Consejerí­a de Agricultura y Medio Ambiente puedan continuar su propio expediente sancionador respecto del arrendatario de la caza, una vez finalizada la ví­a penal. La Consejerí­a puede entrar a considerar si a partir de los hechos probados de utilización de cebos envenenados, considerados aprovechamiento abusivo en la Ley de Caza de Castilla- La Mancha, se pudiera establecer el cierre de la actividad cinegética, además de otro tipo de responsabilidad para el titular cinegético, por no haber adoptado las medidas necesarias para evitar que se produjeran los hechos que han quedado probados en la sentencia.




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