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Otro cambio más en el Decretazo. Recibida de CGT el 16-11-2002 a las 10:11
Cuando parecía que el "Decretazo" había tomado forma definitiva y que vería la luz con las enmiendas ya presentadas y votadas en el Congreso. El Senado incorpora al texto de la reforma del sistema de la protección por desempleo la enmienda presentada por el PP que establece la posibilidad de que el empresario reclame al Estado el pago de la cantidad equivalente a los salarios de tramitación a partir del día 60, en los casos en que la Justicia se demore. Cuando parecía que el "Decretazo" había tomado forma definitiva y que vería la luz con las enmiendas ya presentadas y votadas en el Congreso, esta nueva concesión del Gobierno a los empresarios viene a profundizar el contenido ya antisocial de una norma, que desde un principio está hecha a medida de la patronal. No obstante, los empresarios, no contentos con ello, siguen mediatizando las decisiones del ejecutivo en pro de sus intereses. Esta nueva enmienda, suprime la única "carga" que debía de soportar el empresario en los supuestos en los que no reconociera la improcedencia del despido y se llegara a la vía judicial para su resolución. Analizamos los pasos de la reforma de los salarios de tramitación y de la responsabilidad de su abono: Antes del Decretazo si la sentencia se demoraba más de 60 días los salarios que se generaban a partir de esos 60 días eran abonados por el estado. Con el Decretazo inicial, dado que se eliminaban los salarios de tramitación, desaparecía esa obligación del Estado. Esta medida, que se podía interpretar como una fórmula de obligar al empresario a reconocer la improcedencia del despido con el pronto pago de la indemnización correspondiente, se elimina con esta enmienda que el PP ha introducido en la tramitación de la ley en el Senado. Esta enmienda deriva de una solicitud de la CEOE, que gustosamente ha aceptado el Gobierno, para evitar según la patronal que "caiga sobre las empresas el coste total de los salarios". Con esta enmienda el Gobierno consolida su alineamiento explícito con los intereses de la patronal, que se había sentido molesta por tener que abonar la totalidad de los salarios de tramitación, en los casos "“ que se prevén excepcionales "“ en los que judicialmente se determine la improcedencia del despido. Es fácil concluir que siempre ganan los mismos, y por supuesto, sigue y ha de seguir la lucha por la recuperación de los derechos de los trabajadores cada día más pisoteados. |
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