Según la Federación Agroalimentaria de Madrid de CCOO, se ha conseguido que durante la vigencia del ERET se devenguen las pagas extraordinarias, que este periodo cuente para la antigüedad de los trabajadores y que se genere derecho a vacaciones. Asimismo, mientras el contrato se encuentre suspendido, la empresa complementará la percepción por desempleo de los trabajadores hasta el 80% del salario bruto mensual