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CCOO se querella contra el consejero de Transportes de la Comunidad de Madrid
Recibida de CC.OO. Madrid el 06-02-2011 a las 11:02

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Madrid ha presentado una querella criminal contra el consejero de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, José Ignacio Echeverría, por la supuesta comisión de los delitos de prevaricación y de coacciones.

Estos delitos los habría cometido el consejero al dictar las órdenes de 22 de junio de 2010 por las que se establecían los servicios mínimos y de mantenimiento en relación con la huelga convocada para los días 28, 29 y 30 de junio en Metro de Madrid.

En la querella, se afirma que “en el momento de dictar dichas órdenes el querellado tiene plena conciencia de su arbitrariedad e impone tales servicios con un único objeto, cual es limitar o vulnerar el derecho de huelga. Estamos ante órdenes respecto de las cuales D. José Ignacio Echeverría Echániz tiene la absoluta certeza de su injusta naturaleza y de su arbitrariedad, siendo fruto del mero capricho y… tendentes a conculcar o impedir el ejercicio del derecho de huelga”.

En la querella se afirma que las órdenes firmadas por Echevarría imponían unos servicios mínimos prácticamente idénticos a los fijados en los paros convocados los días 24, 26 y 30 de marzo y 1 de abril de 2009. Sin embargo esos servicios mínimos fueron anulados por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Sentencia dictada el 21 de enero de 2010, que además declaraba que se vulneraba el derecho de huelga amparado en el artículo 28. 2 de la Constitución Española.

En definitiva, el querellado dictó dos órdenes en junio de 2.010 que presentan una identidad casi exacta a una orden anterior (marzo de 2.009) que fue declarada nula por un Tribunal en enero de 2.010. Por ello se entiende que el señor Echeverría era plenamente consciente de lo arbitrario e ilegal de su actuación, a pesar de lo cual volvió a dictar prácticamente la misma orden, con la clara intención de vaciar de contenido el derecho de huelga de los trabajadores de Metro.

También se indica en la querella que el consejero actuó como juez y parte, al ostentar la condición de empresario de Metro de Madrid, por la adscripción de Metro al Consorcio Regional de Transportes, dependiente a su vez de la Consejería que dirige Echeverría, lo que, en la práctica se tradujo en que fuera el propio empresario quien limitara el ejercicio del derecho de huelga, lo cual se entiende que entra en una manifiesta ilegalidad.

Por último, se señala en la querella que el señor. Echeverría recurrió a un método “tradicional” de presionar a los trabajadores, consistente en el denominado cierre patronal. Este cierre se materializó el 29 de junio de 2.010 cuando la dirección de Metro, siguiendo instrucciones del querellado, dio la orden de cerrar Metro de Madrid impidiendo así el acceso a cualquier persona. Para CCOO esta acción constituye un delito de coacciones.

En la querella se solicitan una serie de diligencias, incluida la declaración judicial del querellado.

Con la presentación de la querella se pretende depurar las responsabilidades, penales en este caso, en las que haya podido incurrir la Comunidad de Madrid a través de su consejero de Transportes, en lo que viene siendo una práctica ilegal que se viene realizando con total impunidad. Esta práctica consiste en la fijación unilateral, arbitraria, inmotivada y abusiva de unas limitaciones al ejercicio del derecho de huelga a través de la imposición de servicios mínimos que vienen siendo anulados reiteradamente por los tribunales, siempre en años posteriores, lo que viene permitiendo un ejercicio abusivo y prevaricador de la potestad de fijar servicios mínimos con el único objetivo de limitar el ejercicio del derecho de huelga. Se fijan servicios mínimos que se saben abusivos e ilegales (supuesta prevaricación), se obliga a su cumplimiento (supuestas coacciones) pero cuando los tribunales de lo Contencioso resuelven anular los mismos el daño ya está hecho y la impunidad es total. Se trata, por tanto, de poner fin a esta práctica ilegal y abusiva, que además, se afirma en la querella, es constitutiva de los delitos que se citan.




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