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Consejo de Seguridad de la ONU
Recibida de Amnistia Internacional el 01-07-2002 a las 05:07

La justicia internacional no debe administrarse con un doble rasero.

Amnistí­a Internacional considera que la justicia internacional no debe administrarse con un doble rasero y que ninguna persona debe gozar, bajo ninguna circunstancia, de inmunidad que la exima de ser procesada por delitos como el genocidio, los crí­menes de guerra o los crí­menes de lesa humanidad. La organización ha instado hoy al gobierno de Estados Unidos a que reconsidere su postura por la que trata de eximir a sus soldados de someterse a la jurisdicción de la Corte Penal Internacional. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entra hoy en vigor.

En la sesión del Consejo de Seguridad del 30 de junio, Estados Unidos vetó la prórroga de la misión de las Naciones Unidas en Bosnia y Herzegovina al no haber conseguido que se respaldase su propuesta de inmunidad. No obstante, posteriormente accedió a prorrogar 72 horas el mandato de la misión a fin de conceder tiempo a nuevas deliberaciones.

"Nos satisface que los demás miembros del Consejo de Seguridad se hayan mantenido firmes. Hacemos un llamamiento a estos paí­ses y a cuantos otros estén comprometidos en la lucha contra la impunidad por los peores delitos que puedan cometerse para que sigan respaldando plenamente a la Corte Penal Internacional", ha señalado Amnistí­a Internacional.

"La postura adoptada por Estados Unidos hace peligrar la integridad del sistema de justicia internacional en general y refuta la aplicabilidad universal de uno de sus principios más fundamentales, a saber, que los autores de delitos como el genocidio, los crí­menes de guerra y los crí­menes de lesa humanidad no gozarán de inmunidad", ha indicado Amnistí­a Internacional, haciendo hincapié en que la cuestión trasciende a la suerte de la misión de la ONU, e incluso a la propia Corte Penal Internacional.

De hecho, en virtud de los Convenios de Ginebra, adoptados en 1949, todos los paí­ses están obligados a proceder a la búsqueda y captura de los autores de los crí­menes de guerra más graves, con independencia de su rango o nacionalidad, y los Estados están autorizados a procesarlos ante sus propios tribunales. Durante mucho tiempo, estos Convenios han gozado de prácticamente una ratificación universal, incluso por parte de Estados Unidos. Por otra parte, la Convención para la Prevención y el Castigo del Delito de Genocidio, de 1948, también dispone que los presuntos autores del delito de genocidio no gozarán de inmunidad. Amnistí­a Internacional considera que el mismo principio es aplicable a los crí­menes de lesa humanidad.

"Los motivos de preocupación señalados por Estados Unidos están absolutamente errados", ha manifestado Amnistí­a Internacional.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional contiene sólidas salvaguardias para impedir procesamientos de motivación polí­tica carentes de fundamento. Entre éstas, cabe mencionar la elección por los Estados Partes de un fiscal independiente. Dicho fiscal habrá de contar con la autorización de una comisión de magistrados para poder iniciar cualquier investigación. Además, el Consejo de Seguridad está facultado para suspender cualquier investigación. La Corte Penal Internacional sólo actuará cuando los tribunales nacionales no estén facultados para ello o no deseen emprender actuaciones.

La decisión de no prorrogar el mandato de la misión de la ONU hasta el 31 de diciembre del 2002, fecha en que se prevé que sus funciones de instrucción policial sean asumidas por la Misión de Policí­a de la Unión Europea, ocasionará graves trastornos en las actividades internacionales de ayuda a la recomposición de las fuerzas policiales de Bosnia. Pondrá en peligro asimismo la credibilidad de la labor realizada por la comunidad internacional en Bosnia, tras años de inversión considerable en recursos humanos y de otra naturaleza, a la que Estados Unidos ha contribuido de forma destacada.

La negativa de Estados Unidos a reconocer la competencia de la Corte Penal Internacional sobre los delitos cometidos en Bosnia y Herzegovina contradice además el reconocimiento por este paí­s del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, que ya está ejerciendo su jurisdicción por delitos cometidos en ese paí­s, similares a los contemplados en el Estatuto de Roma.

Hasta la fecha, 74 paí­ses "” incluida Bosnia y Herzegovina"” han ratificado el Estatuto de Roma, y se espera que se produzcan nuevas ratificaciones durante los próximos dí­as. Correspoderá a los paí­ses que hayan ratificado el Estatuto de Roma la elección del primer fiscal y de los 18 magistrados que integrarán la Corte.




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