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La sentencia del Tribunal Supremo por despidos a las personas que imparten religión católica es otra razón más para que el Gobierno denuncie los acuerdos con el Vaticano
Recibida de STES-intersindical el 11-05-2009 a las 10:05

Las dos sentencias del Tribunal Supremo de unificación de doctrina que acaba de publicarse, dicen que la responsabilidad frente a la persona despedida sin motivo y que daba clases de religión católica en los centros educativos públicos, corresponde también a la autoridad eclesiástica y no sólo a la administración, que se limita a ejecutar los deseos del obispado. Vienen a dar la razón a este colectivo que defiende que sus costumbres, ideas políticas o preferencias sexuales no deben ser motivos de despido de su trabajo como docente-catequista, pero también aporta un elemento más por el que apoyar la petición al gobierno y al parlamento de que se denuncien los acuerdos con el Vaticano.

El Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre "la Santa Sede y el Estado español" es el instrumento jurí­dico que regula la enseñanza de la religión en el sistema escolar español, según la Disposición Adicional Segunda de la Ley Orgánica de Educación (LOE). El artí­culo 3º de este Acuerdo establece que "la enseñanza religiosa será impartida por las personas que, para cada año escolar, sean designadas por la autoridad académica entre aquellas que el Ordinario diocesano proponga para ejercer esta enseñanza". Lo que quiere decir que puede decir que se contrate a unos para un curso y a otros para otro, que según este acuerdo el despido de estas personas es libre, lo que es a todas luces ilegal con el ordenamiento jurí­dico español.

La libertad de despido que da este artí­culo a los Obispos de cada diócesis es claramente ilegal y así­ lo reconocen las sentencias que acaba de dictar el Tribunal Supremo.

Para STES-intersindical estas sentencias vienen a sumarse a las distintas razones existentes para que se deroguen estos Acuerdos; entre estas razones queremos destacar que el Acuerdo establece en su Preámbulo la consideración de la labor educativa como una "misión" de la iglesia. Pero esta "misión" está absolutamente limitada por los principios constitucionales reflejados en los artí­culos 14 (igualdad ante la ley y no discriminación por razón de "¦ religión"¦) y 16 ("2.Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideologí­a, religión o creencia"; "3.Ninguna confesión tendrá carácter estatal"). Este Acuerdo "equipara" la religión con las demás asignaturas, cuando se indica que se impartirá "en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales", y no se viene haciendo así­ por la ilegalidad manifiesta que representarí­a esto.

STES-i vuelve a pedir al gobierno que denuncie los Acuerdos con el Vaticano por ir contra los preceptos constitucionales y la religión salga del currí­culum escolar.




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