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La Asociación Mundial de Radios Comunitarias alerta: el proyecto de normativa de radiodifusión elaborado por el Gobierno Canario excluye a las radios comunitarias Recibida de URCM el 30-12-2008 a las 05:12
AMARC muestra su preocupación por el Proyecto de Decreto de radiodifusión. El pasado 19 de diciembre el Gobierno Canario hacía público el contenido del Proyecto de Decreto de Radiodifusión, y lo ha sometido a trámite de audiencia pública antes de su aprobación definitiva. El texto elaborado no recoge la existencia de emisoras comunitarias ni cita la posibilidad de que entidades sin ánimo de lucro accedan a frecuencias viniendo a indicar que el decreto se destina a emisoras comerciales. El propio texto de decreto recoge lo siguiente: ""¦Es objeto del presente decreto la regulación del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia para su gestión indirecta por personas físicas o jurídicas privadas con la finalidad de difundir cualquier tipo de programa con emisión de publicidad o empleando fórmulas de patrocinio comercial"¦" El Gobierno Canario no ha tenido en consideración las propuestas y sugerencias realizadas desde AMARC-Europa y por las radios comunitarias canarias a la hora de elaborar este Decreto. Tampoco se ha tenido en consideración la recomendaciones del Parlamento Europeo que en su resolución del 25 de septiembre pedía el ""¦reconocimiento legal a los medios comunitarios (TSC) como grupo definido, junto a los medios de comunicación comerciales y públicos, cuando no exista este reconocimiento legal"¦". Cararias dispone de 156 frecuencias pendientes de adjudicar. En la actualidad operan más de 400 emisoras privadas pero sólo 44 de ellas cuentan con licencia ya que desde 1990 no se otorgan concesiones. En Canarias hay una importante trayectoria de emisoras comunitarias. Se trata de emisoras con contenidos sociales y culturales que son gestionadas por entidades sin ánimo de lucro y abren sus microfonos a la ciudadanía y dando salida a contenidos que no tienen cabida en otros medios. La de mayor antiguedad es Radio Guiniguada en Las Palmas de Gran Canaria, que emite desde hace 25 años, sin haber podido tener posibilidad de contar con un reconocimiento legal. AMARC-Europa, al conocer el contenido del Proyecto de Decreto, muestra su preocupación ante el desinterés del Gobierno Canario de renonocer a las emisoras comunitarias en el Proyecto de Decreto. Acceso al Proyecto de Decreto: AMARC es una organización no gubernamental internacional al servicio del movimiento de la radio comunitaria, que agrupa cerca de 3.000 miembros y asociados en 110 países. Adjuntamos copia de la carta que AMARC-Europa dirigió a principios de 2008 al Gobierno Canario: Desde la Asociación Mundial de Radios Comunitarias, organización en la que se encuentran asociadas entidades que desarrollan su actividad en Canarias, queremos hacer llegar nuestras propuestas y sugerencias de cara al panorama de la radiodifusión en FM en Canarias. En declaraciones a la prensa el Gobierno Canario ha manifestado su intención de adjudicar en los próximos meses las 156 frecuencias de radiodifusión en FM de las que dispone. Por las declaraciones realizadas interpretamos que el Gobierno de Caranias va a proceder a la adjudicación de dichas concesiones sin efectuar previamente modificaciones en la normativa de radiodifusión que data de 1989. En este sentido queremos manifestar una serie de cuestiones que nos preocupan respento al proceso de adjudicación: ï€ La normativa de radiodifusión de Canarias en vigor es del año 1989 (Decreto 37/1989 de 16 de marzo). El contenido del decreto ha quedado anticuado y puede producir una situación de inseguridad jurídica. Desde AMARC consideramos más adecuado que previamente al proceso de adjudicación debería reformarse y actualizarse la normativa de radiodifusión de 1989. Pudiendose retomar el Proyecto de Decreto (exp 186/2000) del que el Consejo Consultivo de Canarias ya emitió el perceptivo Dictamen (Dic 20/2001). Esta nueva normativa debería recoger la existencia de la categoría de "emisoras comunitarias" sin ánimo de lucro. Proponemos el uso de este término porque además de ser un concepto recogido internacionalmente, es el que figura en el Anteproyecto de Ley General Audiovisual (artículo 18). En el caso de proceder a convocar el correspondiente concurso sin reformar la normativa de 1989 consideramos que no deberían convocarse la totalidad de las 156 frecuencias disponibles, sino parte de ellas. Las disponibles podrían concederse más adelante una vez modificada la normativa estatal y la de Canarias. Por otra parte pedimos al Gobierno de Canarias que tome contacto con la Federación de Emisoras Comunitarias de Canarias (FERCA) y tome en consideración sus propuestas de cara a la posible modificación de la normativa de radiodifusión y al proceso de adjudicación. Adjuntamos documentación relativa al acceso de emisoras comunitarias a la gestión del servicio público de radiodifusión. En este sentido también destacamos el reciente Informe sobre los Medios Comunitarios publicado por el Parlamento Europeo en el que destaca la importante aportación de estas emisoras al fomento de los valores democráticos y al pluralismo. El estudio se encuentra disponible en estas direcciones: Atentamente: Mariano Sánchez Molina *Dirección a efectos de notificaciones en URCM -C/ Magnolias 35 28029 de Madrid Secretariado europeo: Via U. Partini, 21 00159 Roma, Italia. Teléfono +39 06 8632 8312. Fax +39 06 8638 3967 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Adjuntamos documento donde del Gobierno estatal muestra su postura respecto a la posibilidad de que se destinen frecuencias de gestión indirecta a entidades sin ánimo de lucro en la que indica que "...la normativa básica estatal no sólo no prohíbe que las Comunidades Autónomas otorguen una parte de las concesiones de radiodifusión sonora a entidades sin fines de lucro, sino que, expresamente, ha previsto este supuesto...". También adjuntamos el texto de una reciente Declaración de Los Relatores de la Libertad de Expresión de la ONU, OSCE y OEA sobre la Pluralidad de los medios de comunicación y las emisoras comunitarias. "... El Relator Especial para la Libertad de Opinión y Expresión, el Representante de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa encargado de la Libertad en los Medios de Comunicación masivos, el Relator Especial de la Organización de Estados Americanos sobre Libertad de Expresión y el Relator Especial sobre libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Comisión Africana de los Derechos Humanos). Reconociendo las contribuciones variadas que hacen a la diversidad los diferentes tipos de emisores masivos- comerciales, públicos y comunitarios- así como los emisores de diferente alcance "“local nacional, regional e internacional; Preocupados por el creciente número de amenazas a la viabilidad del servicio público de radiodifusión en diferentes países, que mina la capacidad para cumplir su potencial para contribuir a la pluralidad de medios, así como por el fracaso de muchos países en reconocer a los medios de comunicación comunitarios como un tipo distinto de comunicación masiva. Adoptamos, el 12 de diciembre de 2007, la siguiente Declaración sobre la Defrensa de la Diversidad en la Comunicación de masas por Ondas. Los diferentes tipos de medios de comunicación de masas por ondas "“comerciales, públicos y comunitarios"“ deben ser capaces de funcionar y tener un acceso equitativo a todas las plataformas de distribución disponibles. Las medidas específicas para promocionar la diversidad deben incluir la reserva de frecuencias suficientes para los diferentes tipos de medios. Los medios de comunicación comunitarios por ondas deben ser reconocidos explícitamente en la ley como una forma distinta de comunicación masiva por ondas, deben beneficiarse de procesos para conseguir licencias que sean justos y sencillos, no deben enfrentarse a criterios tecnológicos o de otro tipo que sean severos para conseguir licencia., deben beneficiarse de una cuota de licencias por concesión y deben tener acceso a la publicidad..." Texto completo |
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