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USO gana la segunda sentencia contra la doble escala salarial en Repsol
Recibida de USO el 26-09-2008 a las 12:09

La empresa, esta vez en la división de Butano, vuelve a ser condenada en el Supremo por vulnerar el derecho de igualdad. El fondo de la sentencia afecta a los trabajadores de todas las plantas: más de 6.000 empleados y 24 millones de euros en concepto de atrasos.

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia estimando el recurso presentado por USO que anula la doble escala salarial en Repsol Butano. Con ello se reconoce el derecho de todos los trabajadores y trabajadoras de la empresa a percibir el abono de la antigí¼edad a través de trienios y quinquenios con independencia de que su ingreso en la empresa se hubiese realizado antes o después del 1 de enero de 1995.

Esta sentencia ganada por USO recupera el derecho de igualdad hurtado por UGT, CCOO y CTI a los trabajadores y trabajadoras que ingresaron después del 1 de enero de 1995 "“tal y como estipulaba el XXI convenio- y que sólo cobran quinquenios a un valor muy inferior a los que ingresaron con anterioridad a la citada fecha.

Es la segunda sentencia favorable al recurso de USO, que ya consiguió anular la doble escala salarial de Repsol Petróleo. Queda pendiente que el Supremo se pronuncie sobre la cláusula de antigí¼edad en el convenio colectivo de Repsol Quí­micas, fallo previsto para el 30 de octubre de 2008.

Esta sentencia afecta a todos los centros de trabajo de Repsol Butano, entre los que figuran las dependencias de Madrid, Tarragona, Cartagena, Puertollano, La Coruña y un extenso número de delegaciones más pequeñas en toda España.

Un fallo de gran alcance social y económico
El Tribunal Supremo fundamenta su fallo, con fecha de julio de 2008, en que "es contrario al principio constitucional de igualdad instaurar un cuadro doble de complemento de antigí¼edad con elementos de cálculo dinámicos en cada uno de sus componentes destinado a perpetuar diferencias retributivas por el mero hecho de la fecha de ingreso en la empresa. En el caso concreto de Repsol Butano, el cambio de sistema de antigí¼edad se remonta al año 1995 sin que desde entonces y, pese al carácter transitorio de que vino dotado el cambio, se hubiera puesto remedio a la patente situación de desigualdad que comporta que unos trabajadores de la empresa tengan un régimen de antigí¼edad y otros otro menos beneficioso".

Las consecuencias económicas de los diferentes fallos del Supremo condenando al grupo Repsol YPF, "se pueden considerar históricas, pues afectan a un número superior a 6.000 trabajadores y ascienden a más de los 24 millones de euros, así­ como suponen la consolidación del derecho de igualdad para el futuro" afirma José Ví­a, Secretario de Acción Sindical de USO.

Recuperar derechos desde la acción sindical

USO reclama al Ministerio de Igualdad que requiera de la empresa y de las partes condenadas en la sentencia que acaten la misma y restituyan a los trabajadores y trabajadoras de Repsol YPF el derecho de igualdad que han venido negándoles desde el año ´95. Igualmente, este Ministerio deberí­a implicarse en la erradicación de la desigualdad que la tan practicada doble escala salarial supone y requerir del Ministerio de Trabajo y de la Inspección de Trabajo sanciones firmes para estos casos.

José Ví­a espera que este caso sea "ejemplarizante contra estas prácticas, que están bastante generalizadas en grandes empresas del paí­s, como Rylesa, Endesa, Zardoya Otis, Grupo Mercedes y un largo etcétera, contra las que USO viene combatiendo jurí­dica y sindicalmente, y recibiendo el amparo del Tribunal Supremo".

Ví­a destaca lo grave de la complicidad de los sindicatos firmantes, CCOO, UGT y CTI, que, con estas prácticas de discriminación, obligan a los jóvenes a la precarización de sus condiciones laborales con relación al personal más antiguo de la empresa.

El sindicato llama a los trabajadores y trabajadoras que se vean afectados por acuerdos o cláusulas que les impongan una desigualdad retributiva a que ejerzan su derecho constitucional, para lo que les brinda el asesoramiento jurí­dico necesario para que el principio de "a trabajo de igual valor, igual retribución" sea restablecido, y con ello, la dignificación de las condiciones económicas y sociales de los colectivos de jóvenes y mujeres, quienes más padecen estas prácticas ilegales.




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