Qué es ANIA - Envía tus noticias - Contacto - Boletín - RSS |
Hay 29501 en A.N.I.A.
|
Nueva actuación contra el proyecto de central térmica de Morata de Tajuña Recibida de Ecologistas en Acción el 27-11-2007 a las 11:11
Ecologistas en Acción ha presentado el pasado 20 de noviembre en el Ministerio de Industria y Energía un escrito en el que solicita la declaración de caducidad de la resolución en la cual la Dirección General de Política Energética y Minas autorizaba a Morata Energía, S.L. la instalación de la central térmica de ciclo combinado de Morata de Tajuña y que se publicó en el BOE con fecha 12 de abril de 2007. La resolución citada obligaba a la empresa a presentar antes de transcurridos 18 meses el Proyecto de Ejecución de la instalación de la central. El plazo requerido de 18 meses cumplió el 12 de octubre pasado, sin que la empresa Morata Energía haya presentado el proyecto requerido, motivo por el cual Ecologistas en Acción considera que esta resolución ha caducado y así se hace constar en el documento presentado. Incluso en el supuesto de haber presentado el Proyecto de Ejecución, éste no hubiera podido ser aprobado, según dispone la propia Resolución de autorización, al no haber solicitado siquiera la iniciación del procedimiento administrativo de Autorización Ambiental Integrada ante la Comunidad Autónoma de Madrid. La aprobación del Proyecto de Ejecución está condicionado en la Resolución a que sea otorgada la autorización ambiental integrada y ésta ni siquiera se está tramitando. Ecologistas en Acción entiende que no estamos ante un mero retraso susceptible de prorroga sino ante un incumplimiento grave y voluntario de la propia Resolución de autorización por parte de la empresa Morata Energía, SL. Por ello, la empresa autorizada ha incumplido grave y reiteradamente lo dispuesto en la Autorización Administrativa. El procedimiento establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en su artículo 128 establece que la resolución de Autorización Administrativa expresará el período de tiempo contado a partir de su otorgamiento en el cual deberá ser solicitada la aprobación del Proyecto de Ejecución, indicando que se producirá su caducidad si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada. Los hechos descritos quedan subsumidos en este presupuesto jurídico de tal forma que procede la caducidad de la autorización otorgada y el archivo del expediente administrativo. |
Compartir
Más en Medio Ambiente - Un archipiélago verde crece en Madrid: La red de huertos urbanos comunitarios - Minimiza tu huella ecológica - Madre Coraje expone la muestra ‘SOS Pachamama en apuros’ con motivo de la Semana del Medio Ambiente - Chile: El medio ambiente, tema tabú - Colectivos ciudadanos piden al Gobierno el reconocimiento de la electrohipersensibilidad y otras enfermedades ambientales - Valladolid: Manifestación antinuclear con motivo del 25 aniversario del accidente de Chernóbil - Valladolid: CAVECAL aprueba una moción para limitar la radiación de las ondas electromagnéticas de las antenas de telefonía móvil - XI Aniversario del BAH! - El Gobierno regional excluye a los sindicatos de tres de las cuatro secciones del Consejo de Medio Ambiente - La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, demanda un cambio imprescindible en los hábitos de consumo de agua |
A.N.I.A. es un proyecto de la Unión de Radios Libres y Comunitarias de Madrid |