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CEAR, satisfecha por la sentencia que otorga protección a una víctima de ablación que huyó de un matrimonio forzoso Recibida de CEAR el 11-04-2006 a las 08:04
No obstante, recurrirá ante el Supremo para que le conceda el estatuto de refugiada. La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho de permanencia en España de una mujer nigeriana que huyó de su país después de negarse a un matrimonio forzoso y de haber sido sometida a mutilación genital. Según la sentencia, esta mujer tiene derecho a la protección por razones humanitarias, dando así la razón a la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, que había recurrido la decisión del gobierno anterior que a principios de 2004 se la negó. Sin embargo, CEAR considera que la protección reconocida por esta sentencia, es decir, la permanencia en España de esta mujer por razones humanitarias de acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley de Asilo, no es suficiente, por lo que se pedirá mediante recurso ante el Tribunal Supremo que le sea concedido el estatuto de refugiada. Tal y como ha quedado reflejado en el voto particular de una de las magistradas que firman la sentencia de la Audiencia Nacional, el espíritu y la finalidad de la Convención de Ginebra implican reconocer el asilo a aquellas personas que por su pertenencia a un determinado grupo social sufran persecución. Y en este caso, como se afirma en el voto particular que critica la denegación del estatuto de asilo a la solicitante, "la vuelta al entorno familiar y cultural que propició tal mutilación y que coherentemente sigue costumbres ligadas a tal práctica, puede determinar la continuación de la imposición de dichas costumbres sobre la actora, como se desprende de los informes sobre la lamentable situación de las mujeres en el sur de Nigeria". La violencia contra las mujeres, que desgraciadamente se ejerce diariamente de diferentes formas, constituye una forma de persecución reconocida por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Sin embargo, las autoridades españolas no siempre lo tienen en cuenta. Por eso desde CEAR se considera necesaria la inclusión en la Ley de Asilo de la persecución de género como motivo para la concesión del estatuto de refugiado en España, tal y como el gobierno ha anunciado que hará en una futura reforma de la ley. Se cumpliría así con las disposiciones de Naciones Unidas y del parlamento español, que en junio de 2001 acordaba mediante una proposición no de ley instar al gobierno a proteger a las mujeres de prácticas de violencia sexual como la mutilación genital. |
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