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Inmigrantes hacinados en el aeropuerto de Fuerteventura
Recibida de Médicos Sin Fronteras el 05-03-2002 a las 01:03

Médicos Sin Fronteras denuncia la situación de hacinamiento de más de medio millar de inmigrantes en la terminal del aeropuerto de Fuerteventura

Con su inhibición ante el problema, el gobierno autonómico y central viola los derechos sanitarios y jurí­dicos de los inmigrantes

La exclusión que sufren los inmigrantes en España se hace patente un año después de la entrada en vigor de la Ley de Extranjerí­a, y la escandalosa situación en Fuerteventura avala esta tesis. En el Centro de Internamiento habilitado en la terminal del aeropuerto de Fuerteventura más de 500 personas se hacinan en menos de 2000 metros cuadrados. Con dos duchas, 3 inodoros, 5 urinarios y 5 lavamanos para todos, los inmigrantes que llegan a la isla duermen en colchones, muchos de ellos directamente en el suelo, sin sábanas y con mantas inadecuadas, sin ventilación y prácticamente sin asistencia médica. La organización exige a las autoridades que asuman su responsabilidad y den una respuesta urgente a una situación que se arrastra desde hace ya demasiados meses. A lo largo del año 2001 más de 4.000 inmigrantes llegaron al archipiélago canario.

El pasado 18/01 un equipo de Médicos Sin Fronteras accedió al Centro de Internamiento de la terminal del aeropuerto de Fuerteventura. La intención era verificar el estado de salud de las personas internadas ilegalmente, conocer las condiciones higiénico-sanitarias en las que viven y plantear una ví­a de solución a la situación de crisis que viven los inmigrantes en ese lugar. Los aspectos concretos observados confirman las denuncias hechas con anterioridad por otras entidades y profesionales.

Para el internamiento se ha habilitado la antigua terminal del aeropuerto de Fuerteventura lo cual, obviamente, no reúne las condiciones suficientes para acoger a un grupo de personas ni siquiera a modo temporal, al no haber sido remodelado ni adaptado a las necesidades de los inmigrantes.

Ante tal situación cabe denunciar los siguientes aspectos:

SITUACIÓN SANITARIA

A nivel sanitario el punto más evidente a destacar es el grado de hacinamiento en que se encuentran los internos: 470 personas en menos de 2000 metros cuadrados con 2 duchas, 3 inodoros 1, 5 urinarios y 5 lavamanos.

La asistencia médica que están recibiendo es insuficiente: a nivel individual las patologí­as detectadas en este primer contacto son de tipo menor, principalmente catarros, sarna, heridas, contusiones y patologí­a dental. Hay patologí­as que no es posible diagnosticar sin un examen fí­sico y clí­nico más completos. En el momento de la visita se detectó que los internos no habí­an recibido visita médica en el centro desde hací­a siete dí­as. Dicho internamiento "“que en algunos casos se alarga más de 30 dí­as-afecta al estado aní­mico de estas personas: no tienen ventilación ni luz natural, y no les está permitido acceder al espacio al aire libre, por lo que la mayor parte de ellos pasan en este internamiento hasta 40 dí­as sin haber visto prácticamente el sol.

Esta situación de hacinamiento y la falta de ventilación del local convierten este lugar en un posible foco de enfermedades que tienen relevancia a nivel epidemiológico: los casos de sarna son muy frecuentes y, aunque parece ser que ya se han hecho tratamientos generales, no se ha conseguido acabar con el problema.

Debido al estrecho contacto fí­sico de los colchones durante la noche es muy fácil el contagio entre los internos, y el que no haya ropa de cama hace que sea casi imposible desinfectar los colchones para romper la cadena de contagios. La mayor parte de los colchones se encuentran directamente sobre el suelo y en contacto unos con otros por una evidente falta de espacio. Muchos inmigrantes duermen en antiguas las cintas transportadoras de equipaje de la terminal. Este ambiente favorece que las patologí­as respiratorias se transmitan fácilmente: desde simples catarros hasta la más problemática tuberculosis.

El número de instalaciones sanitarias no es el adecuado, con lo cual también hay que considerar la difusión de enfermedades de transmisión fecal oral, en el momento de la visita habí­a un caso de diarrea con sangre que estaba pendiente de la consulta en el centro de salud.

CONCLUSIONES

Deficientes condiciones higiénico sanitarias tanto para la situación fí­sica como mental de los internos.
Deficiente atención médica y sanitaria establecida de modo regular.

SITUACIÓN JURÍDICA

1.- Ninguno de los inmigrantes con los se entrevistado la jurista de la organización (Sierra Leona, Guinea Conakry, Mali, Togo, Marruecos y Colombia) tiene constancia de haber contado con un abogado durante la incoación de su expediente en la Comisarí­a ni con posterioridad.

2.- Ninguno tiene copia de la notificación de su expediente de expulsión, ni ha presentado alegaciones contra ésta. Tienen conocimiento que después de estar allí­, los dejarán en libertad, salvo los magrebies que ya saben que serán expulsados a lo largo de esta semana.

3- La Subdelegación de Gobierno de Fuerteventura está incoando expedientes de expulsión (no órdenes de devolución) a estos inmigrantes, con el fin de solicitar legalmente a la autoridad judicial la medida de internamiento.

Según la versión de la policí­a, "la autoridad judicial entiende posible la iniciación de un procedimiento de expulsión porque los inmigrantes que llegan en pateras ya se encuentran en territorio español y que el procedimiento de devolución es para los extranjeros que pretendan entrar ilegalmente en el territorio".
La medida sancionadora que cabe en este caso es la de devolución que, según el artí­culo 58.2 b) de la Ley y artí­culo 138 del reglamento de extranjerí­a, se contempla para los "extranjeros que pretendan entrar ilegalmente en el paí­s, considerándose incluidos, a estos efectos, a los extranjeros que sean interceptados en la frontera, en sus inmediaciones o en el interior del territorio en tránsito o en ruta, sin cumplir los requisitos de entrada".
La adopción de la medida de expulsión en vez de la medida de devolución además del posible internamiento, conlleva una consecuencia jurí­dica muy importante: la prohibición de entrada en el territorio nacional y en el resto de los Estados Schengen por un perí­odo de tiempo que va de tres a diez años. Por el contrario, la medida de devolución no lleva aparejada esta sanción de prohibición de entrada.

CONCLUSIONES:

Condiciones ilegales de la retención de estas personas.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a la asistencia jurí­dica durante la estancia en comisarí­a y posteriormente.
Falta de notificación de las resoluciones administrativas adoptadas por la Subdelegación de Gobierno.




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