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Chile: Homosexuales optimistas
Recibida de ADITAL el 20-04-2005 a las 12:04

Los activistas por los derechos de los homosexuales en Chile están ansiosos por la aprobación del Proyecto de Ley contra la discriminación elaborado recientemente por el gobierno.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) afirma que dicho proyecto tiene el reconocimiento del movimiento homosexual, pues contempla en sus ocho artí­culos diversas recomendaciones de parlamentarios y de la sociedad civil, entre las que destaca la de inclusión de la categorí­a por orientación sexual.

La entidad afirma que viene luchando desde 1997 mediante investigaciones, denuncias, campañas comunicacionales y decenas de reuniones con autoridades legislativas, ejecutivas e internacionales, por la elaboración de una norma que fuera explí­cita en torno a la no discriminación por orientación sexual. Movilh destaca que el Proyecto hace cargo de enfrentar el fenómeno de la discriminación de manera integral, pues no solo hace referencia a las minorí­as sexuales, sino en razón de raza, color, origen étnico, edad, sexo, género, religión, creencia, opinión polí­tica o de otra í­ndole, nacimiento, origen nacional, cultural o socioeconómico, idioma o lengua, estado civil, orientación sexual, enfermedad, discapacidad, estructura genética o cualquiera otra condición social o individual.

La entidad informa todaví­a, por ejemplo, que las ví­ctimas de la discriminación en cualquiera de las categorí­as expuestas deben denunciar el hecho ante la Corte de Apelaciones dentro de un plazo de 30 dí­as de producido el acto. La Corte de Apelaciones deberá investigar la denuncia, informar al acusado y escuchar los alegatos de las partes. Producida la sentencia, cualquiera de las partes puede apelar en un plazo de cinco dí­as ante la Corte Suprema. Esta deberá adoptar de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Podrá incluso declarar la procedencia de indemnizaciones, que en su caso correspondan, para reparar el daño moral y material, entre otras medidas.




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