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La autorización ambiental integrada de la Cª de medio ambiente a la térmica de Iberdrola (Arcos) no defiende el medio ambiente ni la salud pública Recibida de Ecologistas en Acción Cádiz el 07-02-2005 a las 08:02
La Consejería de Medio Ambiente ha renunciado con esta autorización a proteger los recursos naturales amenazados (agua, pinsapar, paisaje), la salud de los arcenses y subordina la defensa de la legalidad a los intereses empresariales de Iberdrola. Existe una enorme cantidad de aspectos relevantes en el proyecto de Iberdrola que la Autorización ha ignorado: No se han tenido en cuenta para nada los riesgos de legionelosis provocados por las torres de refrigeración en la población cercana a las centrales (Vega de los Molinos, a 900 metros). Se trata de una enfermedad producida por una bacteria grampositiva que vive en ambientes húmedos y se transmite por el aire. Se contrae por microaspiración de las partículas de agua contaminada. Es conocida como enfermedad del legionario que provoca una neumonía severa. El R.D.909/2001 regula las medidas de prevención y es de obligado cumplimiento. No se ha estudiado el riesgo de formación de nieblas a partir de las torres de refrigeración, su alcance superficial, los cambios microclimáticos y las situaciones de inversión térmica. No recoge la referencia a los compromisos del Programa Nacional de reducción progresiva de emisiones de SO2, NOx, COV y NH3, de septiembre de 2003. El reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1962 determina una distancia mínima de protección de 2000 metros a las poblaciones cercanas; la Vega de los Molinos está a 900m. La unificación de licencias de los expedientes de Enrón y Guadalcacín Energía en uno solo de Iberdrola (acuerdo de unificación de licencias de 10 de marzo de 2003) es ilegal, puesto que el nuevo proyecto no es un mero sumatorio y existen impactos sinérgicos no contemplados en los proyectos individuales. La Ley del Trasvase Guadiaro "“ Majaceite y el Plan de Cuenca no permite usos termoeléctricos de las aguas demandadas. Además, tanto los déficits de suministros de regadío , como los efectos del Cambio Climático, configuran un escenario de escasez hídrica, incompatible con los hectómetros cúbicos demandados para refrigeración. El vigente Plan Energético de Andalucía (D. 86/2003) establece la necesidad de territorializar la implantación de las centrales térmicas de ciclo combinado, permitiendo el equilibrio y el reparto territorial de las localizaciones, compromiso incumplido con la concentración de centrales de la provincia de Cádiz. El incremento de emisiones de CO2 representa una cantidad inasumible dentro de la Estrategia Andaluza ante el Cambio Climático. No incorpora estudios de modelización para el ozono troposférico, sólo el modelo de dispersión ISC de la EPA (Agencia de Protección Ambiental norteamericana), para "receptores discretos" situados a distancias de 10 "“ 15 kilómetros. Sin embargo, la incidencia del O3 troposférico supera con creces este ámbito. Los datos meteorológicos para realizar las modelizaciones y predicciones proceden de la base aérea de Jerez y de la estación de Junta de los Ríos, sin mediciones exactas de la zona afectada. La mayoría de las direcciones predominantes de los vientos son del Sur y Suroeste (el 40,58%), que de forma irreversible dirigirán los gases contaminantes al Parque Natural de Grazalema, donde las deposiciones ácidas y la saturación de nitrógeno procedentes de las emisiones de NOx, no han sido analizadas para nada. Estamos hablando de la incidencia en las masas de pinsapos, una joya botánica en una Reserva de la Biosfera con la máxima protección legal. Dentro del exiguo marco de estudio de la incidencia de las emisiones contaminantes a la vegetación, el E.I.A. considera el impacto como "negativo, de importancia alta, muy probable, de duración larga y a medio plazo". Si estas consideraciones se extienden al pinsapar de Grazalema, la incompatibilidad con la térmica sería una posibilidad que debería haber sido evaluada. La única vegetación sometida a estudio ha sido la de acebuchales, encinares y alcornocales, junto a los bosques de galería. – La Ley 16/2002 de 1 de julio de Prevención y Control Integrado de la Contaminación determina en su artículo 9 que la Autorización Ambiental Integrada es exigible para la construcción de la instalación. Sin embargo, la Cª de Medio Ambiente la ha concedido a posteriori de la construcción, estando la 1º fase (800 megavatios) ya terminada y en pruebas. |
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