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UGT reclama mayor estabilidad laboral para romper la relación: joven- temporal- accidentado Recibida de UGT-Confederal el 08-10-2004 a las 11:10
Un joven, entre 16 y 25 años, con un contrato de trabajo inferior a seis meses, con baja cualificación y que trabaja en empresas de menos de 50 trabajadores es el perfil del trabajador que más papeletas tiene para padecer un accidente laboral o enfermedad profesional. Y es que la relación joven-temporalidad-siniestralidad es una pescadilla que se muerde la cola. Hay que construir un mercado laboral estable, que dé oportunidades a nuestros jóvenes (el 88% de los menores de 30 años tienen un contrato temporal, según datos de 2003) y que no les convierta en carne de cañón de los accidentes laborales y enfermedades profesionales. Un estudio de UGT revela que los jóvenes, entre 16 y 25 años, con contratos de trabajo inferior a seis meses, con baja cualificación y que trabajan en empresas de menos de 50 trabajadores tienen más riesgos de padecer un accidente laboral o enfermedad profesional. Además cuanto más precaria es la relación del trabajador con su empresa más riesgos hay para la salud de los empleados. Así los trabajadores de una subcontrata o de una ETT, o los que tienen contratos inferiores a los tres meses tienen bastantes más probabilidades de sufrir un accidente laboral que un trabajador fijo, porque los trabajadores eventuales carecen de información sobre los riesgos de su puesto. En la mayoría de los casos los jóvenes, bien por la necesidad de tener un contrato indefinido o como, parece lógico para que se les renueve su contrato, aceptan unas condiciones de trabajo sacrificando su seguridad física a costa de su seguridad económica. El 88% de los jóvenes menores de 30 años tienen un contrato temporal, según datos de 2003, siendo el más utilizado el Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción (el 45% de los contratos realizados a este colectivo) y el Contrato por Obra y Servicios (más del 35% de los contratos efectuados a jóvenes). Estas dos modalidades suman un total de 6.148.862 contratos, es decir el grueso de la contratación para los menores de 30 años. Es curioso que el Contratos Formativos y el de Prácticas sean modalidades casi inusuales, en comparación con el total de la contratación, lo que es un indicativo de que las empresas no recurren con facilidad a unas modalidades que ofrecen la posibilidad de dar experiencia a jóvenes; que el Contrato a Tiempo Parcial (el 22% de los realizados a jóvenes menores de 30 años) se destine, sobre todo, a mujeres y que la contratación indefinida sea casi nula. El Contrato Ordinario suponen menos del 2% , más o menos el mismo porcentaje que el Contrato Indefinido de Fomento del Empleo. Por todo ello, se puede afirmar que los jóvenes son -el blanco- de la temporalidad y, por tanto, de la siniestralidad en el trabajo. Así el mayor número de accidentes con baja, en jornada de trabajo se ha producido entre los jóvenes de 20 a 24 años, que tienen un contrato temporal, mientras que para el mismo tramo de edad no se producen igual número de accidentes cuando el contrato es indefinido. La relación temporalidad-accidentalidad se repite en los tramos de edades entre 25 y 29 años y los 30-34 años. La temporalidad acarrea una serie de connotaciones que influyen en la mayor exposición de los trabajadores a sufrir accidentes laborales o enfermedades profesionales: la rotación en el empleo, la falta de información y formación, la menor participación sindical, el tipo de empresa en el que trabajan, el puesto que ocupan o el factor psico-social. La rotación en el empleo produce una pérdida de estabilidad y de derechos que van desde la propia antigí¼edad a la falta de conocimiento y desarrollo dentro de un determinado puesto de trabajo. Aunque la antigí¼edad no elimina totalmente el riesgo a padecer un siniestro si es un factor determinante para que se aplique mejor la prevención. Además está demostrado que al trabajador temporal no se le suele formar ni informar sobre los riesgos existentes en su lugar de trabajo, como eliminarlos o reducirlos, tal y como queda patente en la IV Encuesta Nacional sobre Condiciones de Trabajo, realizada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: el 64 % de las empresas encuestadas reconoce no haber dado formación y el 35% donde si se ha impartido, apenas se han dado cursos específicos y acordes con los riesgos de los puestos de trabajo. El tipo de empresa en el que se trabaja es también determinante. La subcontratación está cada vez más generalizada y este fenómeno se está produciendo cada vez en mayor medida independientemente del tamaño de la empresa. Las empresas de menos de 49 trabajadores son las que más plantilla tienen subcontratada (un 45%). Con esta fórmula reducen los coste y las responsabilidades de prevención, para que la subcontrata asuma los riesgos y las consecuencias. Sin embargo, ésta también delega las responsabilidades preventivas. Por otro lado, los datos del INEM nos muestran que los puestos de trabajo que en mayor medida son ocupados por jóvenes son los de peones de la construcción y la industria, técnicos y profesionales de la gestión administrativa, cajeros, taquilleros y otros asimilados con trato directo al público o en los de los servicios de restauración. La temporalidad también es sinónimo de una menor participación en la empresa, tanto para ser elegido como representante, como para poder participar en unas elecciones sindicales; y no porque la legislación se lo impida, sino por las trabas que o bien pone la empresas, o teme el propio trabajador que le puedan poner, si se manifiesta en la defensa de sus derechos. Muchos jóvenes desconocen, también, la existencia de representantes sindicales en su empresa, sobre todo los menores de 24 años. Este desconocimiento se traslada a ámbitos como el de la prevención, desconocen quiénes son sus delegados de prevención por lo que ante la presencia de riesgos no saben dónde acudir. Por último, cuando el entorno laboral no respeta los derechos del trabajador comienzan a aparecer enfermedades profesionales, como el estrés. Esta dolencia no sólo afecta al trabajo sino que puede afectar a la vida personal y producir otro tipo de enfermedades como ansiedad, depresión, trastornos músculo-esqueléticos, etc. El estrés es el principal factor de riesgo psico-social que padecen los jóvenes a consecuencia de la inestabilidad en el empleo. Por tanto, las empresas han de cumplir lo que marca la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y prestar atención a sus obligaciones, tales como: IMPLANTAR LA PREVENCIÓN y consecuentemente, MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO, no permitiendo la existencia de empleos precarios, pues cumpliendo esta premisa se reducirá la siniestralidad laboral. |
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