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UGT denuncia que unos 1.200 alumnos extranjeros de enseñanzas no universitarias no podrán matricularse en el curso 2004-05
Recibida de UGT-Madrid el 22-09-2004 a las 02:09

UGT-Madrid reclama a la Consejería de Educación soluciones.

UGT denuncia que unos 1.200 alumnos extranjeros de enseñanzas no universitarias no podrán matricularse en el curso 2004-05 UGT-Madrid reclama a la Consejerí­a de Educación soluciones La Consejerí­a de Educación de Madrid ha lanzado el dí­a 30 de agosto, unos dí­as antes de empezar el curso, la Instrucción que regula la admisión de alumnos extranjeros en Centros docentes no universitarios que impartan enseñanzas escolares no obligatorias, exige para matricularlos que todos los alumnos tengan autorización de residencia, o al menos asignado previamente por el Ministerio de Interior el Número de Identificación de Extranjeros (NIE). Esto significa que un número muy importante de alumnos extranjeros, unos 1.200 de Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas en Régimen Especial, no podrán matricularse en el curso 2004-05. La inmensa mayorí­a son alumnos procedentes de la ESO, es decir, que han sido escolarizados previamente en el sistema de enseñanza español, por imperativo legal.

La gran motivación, la coartada que utiliza la Viceconsejera en esta Instrucción tan retrograda, es que estos alumnos cuando acaben no podrán obtener la titulación al carecer de identificación personal oficial. Y con ningún criterio pedagógico ordena a los Directores de Colegios e Institutos que adviertan a los alumnos extranjeros de cuarto curso de la ESO, que a ellos les va a pasar lo mismo el año que viene si antes no consiguen su autorización de residencia.

Muchos de estos adolescentes, al ir acumulando tiempo de permanencia en España, regularizaran su situación administrativa de extranjerí­a a lo largo de los cursos escolares que ahora no les dejan empezar, o cuando de inmediato se apruebe el nuevo Reglamento de extranjerí­a y sus progenitores obtengan la documentación la obtendrán también ellos, lo cual desmonta el gran argumento de la Instrucción. En otros casos se podrí­a tramitar una residencia por razones humanitarias o por circunstancias excepcionales (Art.31.3 de la Ley de Extranjerí­a), dotarles de una autorización de residencia como estudiantes, o simplemente asignarles el NIE con fines académicos, a pesar de su situación de irregularidad administrativa. Cualquier alternativa serí­a mejor, que dejar a este grupo de adolescentes, de 15 a 18 años de edad, que han demostrado suficiencia académica en el limbo educativo al que les condena la Instrucción de marras. Para consensuar estas medidas hubiese sido necesario un proceso de diálogo previo de la Consejerí­a de Educación con la Delegación del Gobierno, pero evidentemente no se ha producido.




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